El abogado de los padres del niño Edward, Enrique Unda, dijo que están trabajando para reafirmar lo determinado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), en torno a la acusación contra el médico Luis Alberto P. M.
Entre los elementos que ventiló, se encuentra que las notas que realiza el doctor, las de la anestesióloga y el personal de enfermería, se contradicen entre sí en muchos aspectos.
Reiteró que dentro de los dictámenes contenidos dentro de la carpeta, se halló una cantidad importante de lidocaína en el cuerpo de Edward, considerado por los peritos nociva para la salud, porque estaba en una proporción de 2.2 miligramos por litro de sangre, según lo establecido en el dictamen químico.
“Creemos que nos estamos esmerando para concretar y reafirmar lo que el tribunal dejó establecido; vemos una defensa bastante precaria y endeble…”, externó.
Enrique Unda reconoció que ningún médico entra a una cirugía pensando en dañar al paciente; no obstante, existen actos conscientes o inconscientes que en un momento llevan a un desenlace no buscado, pero que se sabe puede suceder porque su trabajo así lo determina.
“El médico sabía perfectamente que esta toma de decisiones sí era errónea, podría llevar a la muerte al menor y desgraciadamente así sucedió”, indicó.
Abundó que el menor fue demorado en llevar a otro espacio médico, y sufrió tres paros cardiacos durante las horas que estuvo sin atención, provocando una responsabilidad mayor porque fue un tiempo vital para salvar al niño con una atención urgente.
“Se observa que en ese tiempo el médico y la anestesióloga desatienden al menor, dejándolo completamente solo en la plancha de operación, y llega un momento que por la presión de los padres, lo atienden de nuevo”, afirmó.
Sobre el proceso jurídico, dijo que ayer venció el término brindado por el Tribunal Superior de Justicia, para que la defensa de la víctima conteste la apelación que hicieron los abogados del galeno.
Después, le sigue un análisis de los alegatos con los elementos proporcionados por la Fiscalía General, así como de las partes involucradas para determinarse si los conceptos considerados agravantes al inculpado son procedentes para libertad o reclasificación del delito.
“De hacerlo de forma contraria, el tribunal estaría atropellando los derechos de la víctima y sería anómala”, finalizó.