La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los planteles del Sistema Educativo Nacional podrán impugnar las normas que prohíben la venta y distribución de productos considerados como “comida chatarra” dentro de las escuelas.
La resolución, aprobada por mayoría durante la sesión del martes 28 de octubre, corresponde al proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, derivado de una contradicción de criterios entre tribunales federales sobre la suspensión de dichas disposiciones.
PLANTELES PODRÁN IMPUGNAR RESTRICCIONES POR “AFECTACIÓN DIRECTA”
De acuerdo con el fallo, los centros educativos pueden solicitar la suspensión provisional en contra de las normas que regulan la preparación, venta y distribución de alimentos y bebidas al interior de las escuelas, si acreditan una afectación directa a su funcionamiento o a su operación cotidiana.
Esta decisión no elimina las restricciones ni autoriza la venta libre de productos procesados o con sellos de advertencia, pero abre la posibilidad legal para que las instituciones educativas impugnen las sanciones o lineamientos que consideren excesivos o perjudiciales.
ANTECEDENTES: RESTRICCIONES PUBLICADAS EN 2024
Hay que recodar que, en septiembre de 2024, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó las reglas que limitan la venta de alimentos y bebidas procesadas, como botanas, frituras y refrescos, dentro de planteles educativos, y estas fueron acatadas de forma gradual.
Las medidas forman parte de una política federal orientada a combatir la obesidad infantil, dados los altos índices que afectan al país, así como promover hábitos alimenticios saludables, incluyendo sanciones para las escuelas que incumplan las disposiciones.
Con la nueva resolución, los planteles podrán impugnar dichas reglas, siempre que argumenten que estas afectan su operación o implican sanciones injustificadas.
LA POSTURA DE LA CORTE: NO SE AUTORIZA LA VENTA LIBRE
Durante la sesión, el ministro Givanni Azael Figueroa Mejía aclaró que la decisión no busca permitir ni tolerar la venta o publicidad de comida chatarra en las escuelas mexicanas, sino reconocer el derecho de los planteles a recurrir legalmente las medidas que consideren inadecuadas.
“Este criterio de ninguna forma busca permitir o tolerar la venta, ni la publicidad de la denominada comida chatarra al interior de las escuelas mexicanas, sino que únicamente se limita a verificar si la suspensión provisional puede válidamente otorgarse”, destacó el ministro.
¿QUÉ IMPLICA EL FALLO?
El proyecto aprobado por mayoría establece que el alcance de la resolución será definido en el engrose final que presentará la ministra ponente Yasmín Esquivel.
Esto significa que, aunque no se elimina la prohibición de vender productos ultraprocesados, sí se reconoce la posibilidad legal de que los planteles defiendan su situación ante las autoridades si consideran que las restricciones los afectan directamente.










































