Las agresiones en contra de las mujeres que participan activamente en la vida pública y democrática de Oaxaca han encontrado un nuevo y hostil campo de batalla: el anonimato de las redes sociales y las plataformas digitales. En respuesta a este panorama, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Oaxaca confirmó que mantiene abiertas 21 carpetas de investigación vigentes por el delito de violencia digital en razón de género.
Esta conducta cibernética se ha consolidado como uno de los desafíos más complejos y urgentes para las autoridades judiciales del estado, quienes buscan garantizar un entorno seguro y libre de hostigamiento para el ejercicio político femenino.
EL PERFIL DE LAS VÍCTIMAS: FUNCIONARIAS EN LA MIRA
El fiscal especializado, Iván García López, detalló que las víctimas de estos ataques digitales no son casos aislados, sino mujeres que desempeñan o han ejercido cargos públicos de alta representación popular. Entre las denunciantes se encuentran:
Legisladoras locales que han recibido ataques sistemáticos por su labor parlamentaria.
Presidentas municipales y síndicas bajo el asedio cibernético de opositores.
Regidoras de comunidades de la Mixteca y Valles Centrales intimidadas a través de perfiles falsos.
El funcionario estatal precisó que el objetivo primordial de estas campañas de desprestigio y difamación digital es desacreditar la capacidad de las mujeres, intimidarlas y forzar su salida de la vida pública.
LA VOLATILIDAD DE LA PRUEBA: EL ENEMIGO DEL MINISTERIO PÚBLICO
A pesar de la gravedad de las denuncias, el fiscal García López reveló que las indagatorias ministeriales enfrentan un obstáculo técnico crítico y constante: la preservación y conservación de la evidencia digital. En el entorno de la red, los contenidos delictivos son sumamente volátiles.
En múltiples ocasiones, los agresores o los administradores de las páginas publican los ataques y, tras cumplir su cometido de dañar la reputación de la funcionaria, eliminan los videos, imágenes o textos antes de que la Policía Cibernética o el Ministerio Público puedan asegurarlos legalmente. Esta desaparición prematura de la prueba ha provocado que varias carpetas de investigación se queden estancadas debido a la falta de sustento técnico-jurídico que exige el sistema penal actual.
GUÍA DE PRESERVACIÓN ANTE EL ACOSO CIBERNÉTICO
Frente al incremento constante de denuncias que siguen llegando a las oficinas de la Fiscalía Especializada, la institución hizo un llamado enérgico a todas las mujeres que participan en la política o la función pública a actuar de inmediato ante el primer síntoma de agresión en plataformas de mensajería o redes sociales.
Las autoridades ministeriales recalcaron que para que un caso prospere y se pueda ejercer acción penal contra los responsables, es determinante resguardar la evidencia de forma correcta en los primeros minutos. Se exhorta a las afectadas a generar capturas de pantalla completas (donde se vea la fecha y hora del dispositivo), copiar los enlaces directos (URLs) de los perfiles agresores y certificar, de ser posible ante un notario o mediante herramientas digitales, los mensajes o comentarios intimidatorios antes de que el victimario intente borrar su rastro digital.
PENAS VIGENTES PARA EL DELITO DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

Las penas vigentes en el estado de Oaxaca para sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género, particularmente cuando incluye la modalidad digital, contemplan castigos de dos a seis años de prisión.
Adicionalmente, el Código Penal del Estado de Oaxaca y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia estipulan sanciones económicas que van de 200 a 400 días de multa (equivalentes a la Unidad de Medida y Actualización, UMA).
AGRAVANTES DEL DELITO
La legislación estatal determina que las sanciones corporales y económicas aumentarán hasta en una tercera parte cuando se presenten los siguientes escenarios:
El agresor sea un servidor público, superior jerárquico o colega de la víctima.
Los ataques digitales utilicen estereotipos de género para denigrar la vida privada de la funcionaria.
Las publicaciones se difundan de forma masiva a través de medios de comunicación o plataformas digitales institucionales.
Si los ataques cibernéticos configuran además violencia sexual digital (difusión de contenido íntimo sin consentimiento conocido como Ley Olimpia), la pena se persigue de manera autónoma, sumando de cuatro a ocho años de cárcel adicionales.




































