La Ley Federal del Trabajo establece que ciertos trabajadores y empresas no tienen derecho al reparto de utilidades en 2026:
- Trabajadores domésticos.
- Empleados eventuales que laboraron menos de 60 días en el año fiscal.
- Directores, administradores y gerentes generales, así como socios o accionistas de la empresa, aunque hayan trabajado todo el año.
- Profesionistas técnicos y otros prestadores de servicios mediante honorarios, sin relación laboral subordinada.
- Trabajadores bajo subcontratación que no cumplan los requisitos legales.
- Personal de empresas exentas por ley, como:
- Empresas en su primer año de operaciones.
- IMSS y otras instituciones públicas.
- Organismos culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas con capital inferior al mínimo fijado por la STPS.
“La Ley Federal del Trabajo establece claramente qué grupos de trabajadores y tipos de empresas quedan excluidos del reparto de utilidades en México para el año fiscal 2026”, señala el marco legal.
CÓMO SE CALCULAN LAS UTILIDADES
El reparto de utilidades se realiza en dos partes iguales:
- Primera parte: distribuye de manera equitativa entre todo el personal.
- Segunda parte: se asigna de manera proporcional al salario percibido durante el año.
Fechas de pago:
- Empresas constituidas como personas morales: del 1 de abril al 30 de mayo.
- Empresas constituidas como personas físicas empleadoras: del 1 de mayo al 29 de junio.
Base de cálculo:
- Solo se considera el salario diario ordinario, excluyendo horas extras y bonificaciones.
- Para salarios variables, se usa el promedio anual.
- Para personal de confianza, se toma el salario más alto de un trabajador sindicalizado o de base más un 20%.
Días laborados que cuentan:
- Incapacidades temporales por accidente.
- Descansos semanales, vacaciones y días festivos.
- Permisos con goce de sueldo.
QUÉ HACER SI NO RECIBES EL PAGO
Si la empresa no cumple con el reparto de utilidades:
- Tienes un año para reclamar el pago faltante, contado a partir del día siguiente a la fecha límite.
- Si la empresa cambia de razón social, el patrón sustituto es responsable durante los seis meses siguientes.
- En caso de renuncia o despido, si laboraste más de 60 días, aún tienes derecho a recibir el pago. Puedes solicitarlo en la última dirección laboral hasta el 31 de mayo.
- Si consideras que el monto recibido es incorrecto, se puede presentar una objeción ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- El incumplimiento puede derivar en multas superiores a 500,000 pesos, calculadas con base en la UMA vigente.
RECOMENDACIONES PARA TRABAJADORES
- Verifica tus días laborados y salario base para calcular el monto aproximado de utilidades.
- Guarda comprobantes de tu salario y prestaciones durante el año.
- Solicita asesoría legal en caso de dudas sobre tu derecho al reparto de utilidades.
- Mantente informado sobre las fechas de pago según el tipo de empresa.










































