A poco más de dos meses de que termine el año, una de las principales inquietudes de las y los trabajadores en México es saber cuánto dinero recibirán en su depósito de fin de año. El aguinaldo es una prestación clave que muchos destinan al pago de deudas, compras navideñas o al ahorro para iniciar enero con mayor estabilidad financiera. Sin embargo, antes de comprometer ese ingreso adicional, es fundamental considerar el impacto del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Para este 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que si recibes un aguinaldo de hasta 3,519.30 pesos, no tendrás que pagar ISR por esta prestación. Quienes superen dicha cifra recibirán una retención en su nómina, aunque es importante aclarar que el descuento no se aplica sobre el total del aguinaldo, sino únicamente sobre la parte que excede la cantidad exenta.
¿CÓMO SE CALCULA EL MONTO EXENTO DE IMPUESTOS EN 2026?
La exención fiscal del aguinaldo se determina con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA). De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el valor diario de la UMA para 2026 fue fijado en 117.31 pesos.
Dado que la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las gratificaciones anuales están exentas hasta por el equivalente a 30 UMAs, la fórmula aplica de la siguiente manera:
- Fórmula:
EJEMPLO PRÁCTICO DE RETENCIÓN DE ISR
Si un trabajador percibe un sueldo diario de 400 pesos y tiene derecho a 15 días de aguinaldo, su prestación bruta será de 6,000 pesos (si laboró todo el año):
- Monto total de aguinaldo:
- Monto exento (libre de ISR):
- Monto gravado (sujeto a cálculo de impuesto):
Los 2,480.70 pesos restantes no representan el impuesto final a pagar, sino la base sobre la cual el empleador calculará la retención correspondiente según las tablas del SAT.
Atención si tienes dos empleos: La exención de 3,519.30 pesos aplica sobre el total anual percibido por este concepto. Si trabajas para dos patrones y ambos te entregan aguinaldo, la exención no se duplica. Conviene revisar los CFDI de nómina de ambos empleadores para prevenir inconsistencias en la declaración anual.
AGUINALDO 2026: FECHA LÍMITE DE PAGO Y BENEFICIARIOS
Más allá del ámbito fiscal, existen reglas claras en la legislación laboral sobre el pago de esta prestación:
La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que el aguinaldo debe entregarse antes del 20 de diciembre. Por ello, las empresas y patrones tienen como fecha límite el 19 de diciembre de 2026 para realizar el depósito. Ninguna norma interna de una empresa puede aplazar este límite legal.
¿QUIÉNES TIENEN DERECHO AL AGUINALDO Y CUÁNTO CORRESPONDE?
El artículo 87 de la LFT establece un pago mínimo equivalente a 15 días de salario por año trabajado. Algunas empresas ofrecen prestaciones superiores (20, 30 o más días), por lo que se recomienda verificar el contrato individual o colectivo.
Tienen derecho a cobrar esta prestación:
- Trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y eventuales.
- Empleados contratados por obra, tiempo determinado, comisionistas, vendedores y agentes de comercio.
- Trabajadores con menos de un año de antigüedad: La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) señala que les corresponde una parte proporcional al tiempo laborado.
- Personas que renunciaron o fueron despedidas antes de diciembre: Tienen derecho al pago proporcional de aguinaldo como parte de su finiquito o liquidación.
Para verificar los montos retenidos y las cantidades exentas, es recomendable revisar a detalle el recibo de nómina emitido por la empresa al momento del pago.
Aguinaldo 2026 sin ISR: Monto exento del SAT y fecha límite de pago










































