La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la Fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de otros ordenamientos legales.
La minuta, avalada en lo general con 450 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y remitida al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, también modifica los códigos Penal Federal y Nacional de Procedimientos Penales, así como las leyes Federal Contra La Delincuencia Organizada, la Nacional de Extinción de Dominio y de la Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Con 409 votos a favor, 33 en contra y una abstención, se aprobaron los artículos reservados, para su discusión en lo particular, en términos del proyecto de decreto.
La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Kenia López Rabadán, informó que la minuta fue devuelta, con modificaciones, por la Cámara de Senadores, y se hicieron cambios a Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión en los artículos: 3, 4, 13, 15, 16 fracciones I, VI, VIII y X; 17 fracción V; 18 fracciones IV y XI; 21, 22, 23, 24, 26, 27, 30, fracción II, inciso E; 33, fracción V; 35, 41 fracción IV, y la adición de un artículo Décimo transitorio.
Por lo tanto, dijo, y como lo dispone la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política, se pone al Pleno para su discusión y ésta versará únicamente sobre las reformas o adiciones que la colegisladora ha realizado, sin poder alterarse de alguna forma los artículos aprobados por ambas cámaras.
También, se establece la obligación de los tres órdenes de gobierno en diseñar e implementar una estrategia nacional para prevenir y combatir la extorsión basada en diagnósticos claros para disuadir, identificar y reducir los factores de riesgo. Con esta nueva ley y la armonización normativa que predispone esta minuta, se da un paso firme en construir la paz y la seguridad del pueblo de México, dotando a las autoridades de herramientas jurídicas y operativas eficaces para combatir la extorsión de forma integral y coordinada.
Reconoció que, así como hay avances, también hay retrocesos; en esta minuta se eliminan todos los beneficios a los que podrían acceder las personas sentenciadas por el delito de extorsión, “no cambian en nada la lógica punitiva ineficaz del modelo que se pretende aplicar”. Anunció que en su bancada “votaremos a favor con la expectativa de que la aplicación de este nuevo marco normativo redunde en beneficio de las y los mexicanos”.
FORTALECEN SANCIONES
La minuta establece que a quien, sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro o causando a alguien un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico, se le impondrán de quince a veinticinco años de prisión y una multa de trecientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Se estipula que las penas previstas se aumentarán de cuatro a ocho años de prisión, cuando en la comisión del delito de extorsión, se presente alguna de las circunstancias siguientes: El sujeto activo manifieste su pretensión de obtener un beneficio en especie, dinero o bienes, por concepto del cobro de cuotas o prestaciones de cualquier índole, adicionales a los conseguidos originalmente por el ilícito.
También, agrega, cuando se exija que el beneficio económico o lucro indebido, sea depositado o transferido mediante el uso del sistema bancario o financiero mexicano o de cualquier otro país, sin importar la denominación de moneda, divisa o activos virtuales, que se utilice.











































