Magistrados de la Sala Regional Xalapa confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), al declarar fundados los agravios presentados por el regidor propietario de Obras Públicas del Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino ante el TEEO.
Esto, al analizar acciones relativas a la omisión de convocarlo a las sesiones de cabildo, pagarle sus dietas, otorgarle una oficina, así como material administrativo para el desarrollo de las funciones de su cargo, detalla el órgano jurisdiccional federal.
Determinó correcta la decisión del TEEO de restituir en el cargo al regidor propietario, toda vez que no puede tenerse por válida la decisión del cabildo del ayuntamiento conurbado a la capital del estado.
La Sala Xalapa estimó que el TEEO no atendió el planteamiento presentado por el regidor suplente de Obras Públicas del ayuntamiento respecto a que se vulneró su derecho de acceso a la justicia.
Lo anterior, al no pronunciarse sobre los actos de violencia política en razón de su orientación sexual, atribuidos al regidor propietario.
Por tanto, se determinó que sea el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) quien instruya el procedimiento especial sancionador correspondiente, a efecto de investigar la violencia reclamada.
Validan triunfo de candidato independiente
Y en lo que respecta a las elecciones del estado de Oaxaca, el Tribunal Electoral Federal confirmó el cómputo del municipio de Villa Sola de Vega y la entrega de constancia a favor de la planilla encabezada por el ciudadano Iván Osael Quiroz Martínez, candidato independiente.
El candidato sin partido político obtuvo el respaldo de mil 075 ciudadanos al lograr el 23.11% de la votación en el ayuntamiento, seguido del candidato del Partido Verde quien tuvo mil 014 sufragios es decir el 21.80% de la votación y el tercer sitio quedó el abanderado de la alianza PAN-PRI-PRD Maurilio Barragán Rojas, quien solo alcanzó 793 sufragios.






































