La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una disposición del Reglamento del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) relacionada con el pago de pensiones, ampliando el derecho a recibir este beneficio tras el fallecimiento de un trabajador.
CORTE TUMBA RESTRICCIÓN DEL IMSS
Hasta antes del fallo, el reglamento del IMSS establecía que la pensión solo podía ser cobrada por familiares directos por ascendencia, como padres, abuelos o bisabuelos. Esta limitación dejaba fuera a personas que, sin tener parentesco directo, mantuvieron una relación cercana y de cuidado con el asegurado.
Con la resolución del Pleno, la Corte consideró que esta restricción es inconstitucional, al no reconocer la diversidad de las relaciones familiares actuales.
CUIDADORES TAMBIÉN PODRÁN SER BENEFICIARIOS
A partir de este criterio, también podrán acceder a la pensión personas como tíos, hermanos mayores, cuidadores informales u otras personas cercanas, siempre que acrediten haber asumido un rol de cuidado del trabajador fallecido.
“El acceso a la seguridad social no puede limitarse únicamente al parentesco tradicional”, señaló la SCJN en un comunicado oficial.
REQUISITOS PARA ACCEDER A LA PENSIÓN
La Corte precisó que quienes soliciten la pensión bajo este nuevo criterio deberán demostrar:
- Dependencia económica del asegurado fallecido.
- Convivencia prolongada.
- Existencia de un vínculo de cuidado, afecto y asistencia.
Esta determinación tendrá aplicación en todo el país, por lo que el IMSS deberá ajustar sus criterios de evaluación en los trámites de pensión.
EL CASO QUE ORIGINÓ EL FALLO
El cambio se originó tras el caso de una mujer que, siendo tía de un trabajador fallecido, solicitó la pensión al demostrar que lo crió como a un hijo. El IMSS le negó el beneficio por no ser ascendiente directo, situación que fue corregida por la Suprema Corte.
CÓMO SOLICITAR LA PENSIÓN DEL IMSS
El trámite puede realizarse en línea a través de la plataforma Mi Pensión Digital o de manera presencial en cualquier Unidad de Medicina Familiar (UMF). Los requisitos son:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Correo electrónico
- CLABE interbancaria
El proceso concluye con la firma de la resolución correspondiente, en un horario de atención de 8:00 a 15:00 horas.











































