Sin definir presupuesto para alerta de género en Oaxaca
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Sin definir presupuesto para alerta de género en Oaxaca

La justicia federal concedió un amparo avalando que se requiere mayor presupuesto ante el panorama de violencia contra la mujer en Oaxaca


Sin definir presupuesto para alerta de género en Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca

Luego del amparo emitido por el juzgado décimo de distrito, para que el gobierno federal asigne presupuesto para la atención de la alerta de género y el combate a la violencia feminicida, aún se precisa entre las autoridades gubernamentales cuál es el monto que se requiere para tareas de protección de las mujeres.

Luego de que se concediera el amparo para que tanto la Secretaría de Gobernación como la Comisión de Víctimas replanteen la alerta de género y reconozcan que se requieren recursos para su aplicación, actualmente se desconoce cuántos recursos se necesitarían para mejorar las condiciones institucionales que impidan que la violencia contra la mujer siga creciendo.

La justicia federal concedió un amparo avalando que se requiere mayor presupuesto ante el panorama de violencia contra la mujer en Oaxaca.

Como parte del apoyo requerido, organizaciones sociales, activistas y legisladores han informado que dentro del monto requerido se consideran recursos para apoyo psicológico, médico y legal a víctimas y sus familiares.

Tanto el gobierno federal como el estatal deberán definir cuál es el presupuesto requerido en diferentes áreas vinculadas con la atención a mujeres víctimas de violencia.

En el tema de procuración de justicia se requieren más agentes de ministerio público, así como personal médico capacitado en la atención a las víctimas que no desean la revictimización.

Además se requiere la comunicación y coordinación constante de los tres niveles de gobierno para garantizar seguridad a las mujeres no solo en el ámbito familiar y laboral, sino también en espacios públicos.

El 20 de septiembre de 2018 en el Congreso estatal se promovió un juicio de amparo por la declaratoria de alerta de género en el estado de Oaxaca, resaltando en los motivos que se incumplía con los requisitos que señala el artículo 38bis del Reglamento de la Ley General del Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, relativo a la asignación presupuestal necesaria para el efectivo cumplimiento de medidas reparatorias de los daños causados por la violencia de género.


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