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El T-MEC y la Reforma Judicial

En el capítulo 31 del T-MEC, dispone que Solución de Controversias – La falta de un estado de derecho robusto puede llevar a disputas que se resolverían mediante paneles arbitrales bajo este capítulo. Importa mucho el Estado de Derecho para las relaciones trilaterales de comercio que rige el T-MEC, pues los inversionistas quieren garantías de la legalidad y seguridad jurídica de sus inversiones.

La Reforma Judicial, será un reto porque hacer este drástico cambio de juzgadores, no es algo tan sencillo, pues ha tomado más de veinte años una intensa capacitación en el Poder Judicial de la Federación, para llegar a un nivel que yo le llamaría óptimo por parte de los jueces y magistrados. Si hay alta impunidad, es por la impericia y corrupción de las Fiscalías generales y especializadas, por los órganos internos de control dentro de la Administración Pública de todos los niveles, pues cómo nos explicamos un atraco tan abierto como el de la estafa maestra, el de SEGALMEX, las continuas pérdidas de PEMEX, el huachicol, hay huachicol de combustible de PEMEX y hay huachicol fiscal de los energéticos que ingresan al país hasta en buques, sin pagar impuestos.

Ahora sin diagnóstico ni reflexión sería, el Congreso federal de forma sucia y descarada, comprando voluntades de forma abierta, ordenó la mal llamada reforma judicial, que reforma no es, debido a que no tiene una propuesta de mejora. Sin embargo, ya está. Yo aconsejo acudir a votar y buscar únicamente los candidatos que tengan las siglas de PJ Poder Judicial y EF En Funciones, son los jueces y magistrados preparados y capacitados que digamos repetirían de salir electos. Hay muchos otros candidatos que tienen una gran trayectoria académica, a ellos, por ellos tenemos que votar. Los demás, será de gran duda que salgan buenos juzgadores.

Ahora, ¿perderán independencia con el tribunal de horda y cuchillo? Simplemente las reformas constitucionales en materia de amparo, es para regresar la justicia hasta 200 años con Mariano Otero, Manuel Crescencio Rejón y don Benito Juárez. Pero la elección de jueces, magistrados y ministros por vía del voto popular y con candidaturas propuestas por la Presidencia y las Cámaras del Congreso, donde Morena tiene mayoría, como señala el dictamen de la reforma al Poder Judicial, compromete el garantizar las cualidades de autonomía e independencia judicial.

Otros puntos importantes del T-MEC, los órganos autónomos del Poder Ejecutivo, el capítulo 18 del T-MEC, dice: Telecomunicaciones – Este capítulo menciona explícitamente la necesidad de un organismo regulador de telecomunicaciones autónomo e independiente del Poder Ejecutivo. La desaparición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) podría ser vista como una violación de este apartado.

El capítulo 28 sobre buenas prácticas regulatorias. La eliminación de órganos como la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) podría contravenir estos compromisos.

El capítulo 14: Inversión – Este capítulo protege a los inversionistas de los tres países y garantiza un trato justo y equitativo. La incertidumbre jurídica y la falta de estado de derecho pueden ser interpretadas como una violación de estos principios.

En tanto que, sobre la protección de datos personales, el T-MEC sólo menciona el compromiso de garantizar este derecho en el marco del comercio electrónico, pero no da precisiones sobre el tipo de entidad encargada de esas acciones. ¿Las secretarías cumplirán las mismas funciones?

El pasado 31 de julio la presidenta electa, Claudia Sheinbaum, afirmó que la reforma que contempla la eliminación de los órganos autónomos permitiría que esas funciones se mantengan, pero desde el Poder Ejecutivo. “La idea de la Reforma es que no desaparece su función, sino que se incluyen dentro de las Secretarías”, dijo: El propio dictamen de la reforma que se discutió el viernes 23 de agosto afirma que “el proyecto de Decreto no viola las obligaciones de México establecidas en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá o T-MEC, toda vez que no deja de garantizar la libre competencia y concurrencia en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, pues las disposiciones constitucionales como las legales mantienen la prohibición de los monopolios, de las prácticas monopólicas, y pugnan por la libre competencia y concurrencia; salvas las restricciones constitucionales establecidas”. Pues ya veremos qué pasa en la próxima revisión de este tratado.

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