De las 600 verificaciones que la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) ha realizado a igual número de establecimientos, expendedores de alimentos y bebidas, al menos el 10% ha ameritado una sanción como medida de seguridad.
Luis Rojas Castañeda, verificador sanitario adscrito a esta Dirección, explicó que entre las irregularidades más frecuentes detectadas en este tipo de inmuebles, son que la mayoría de las y los trabajadores no portan ropa sanitaria como el mandil o el cubrepelo, ni mantener las uñas recortadas.
Caer en este tipo de anomalías, precisó el verificador sanitario, sí puede representar un riesgo a la salud de los usuarios, debido a que son personas que intervienen de manera directa en el proceso de los alimentos.
Rojas Castañeda explicó que para la inspección correspondiente, el personal verificador de los SSO posee una carta credencial o una orden de verificación sanitaria que incluye un candado de seguridad como un código QR, para que los empleados o propietarios de los establecimientos pueden escanear la orden y constatar la legitimidad de los documentos.
“Se les explica el objeto y el alcance de la orden y empieza la verificación sanitaria que comprende la infraestructura y el equipamiento”, destacó, luego de afirmar que de acuerdo a la Ley general y estatal de salud, personal de la Dirección de regulación y fomento sanitario se encargan de realizar visitas a establecimientos fijos y semifijos.
Además, la ley les faculta para aplicar sanciones como medidas de seguridad, como la suspensión de servicios, aseguramiento de productos, provisiones de actos de uso y multas a los propietarios de los establecimientos.
De aquellos puestos ambulantes, de acuerdo a la misma ley general de salud, son las autoridades municipales las competentes para su inspección y regularización.