Cualesquiera de los 570 municipios de Oaxaca no podrán contratar una deuda superior al 25% del monto de ingresos autorizados, indicó el proyecto de decreto aprobado en sesión legislativa del Congreso de Oaxaca.
Además, puso fechas límite a la contratación de los compromisos financieros y reiteró que no deberán dejar compromisos trans municipales, pues la deuda deberá pagarse antes de que concluya la administración que la contrató.
El Congreso de Oaxaca aprobó el dictamen con Proyecto de Decreto que reforma el cuarto párrafo, en sus fracciones I y Il del Artículo Segundo del Decreto 305, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, con el objeto de precisar el plazo máximo autorizado para contratar el o los financiamientos autorizados en el transcurso de los ejercicios fiscales 2025 y 2026.
A PAGAR ANTES DE CONCLUIR LA ADMINISTRACIÓN
Asimismo, establece que deberán pagarlos en su totalidad antes que concluya el periodo constitucional de la administración municipal que efectúe dicho contrato.
Al pagar la deuda dentro del plazo de la administración municipal, “se dota de mayor certeza al proceso de contratación de financiamientos municipales, se fomenta el uso responsable de los recursos públicos y contribuye a la transparencia en el ejercicio de la hacienda municipal”, se indica en la exposición de motivos.
LAS FECHAS LÍMITES
La Iniciativa de reforma fue presentada por la bancada de Morena y, derivado de un análisis la Comisión Permanente de Hacienda emitió el dictamen en sentido positivo, argumentando que, con la reforma al Decreto antes citado, de fecha 10 de febrero de 2025, no se comprometen ingresos más allá de los ya autorizados (25%), y respeta los principios de responsabilidad hacendaria, y equilibrio financiero establecidos en la normatividad vigente.
PLAZO FATAL PARA MUNICIPIOS EN EL SISTEMA DE PARTIDOS
Al respecto el documento de dictamen precisa que para el caso de los Municipios que se rigen por el Sistema de Partidos Políticos (SPP), cuya administración municipal inició a partir del 01 de enero de 2025, podrán realizarlo a más tardar el 30 de noviembre de 2027.
TAMBIÉN PARA SNI
En lo que respecta a los Municipios que se rigen por Sistemas Normativos Indígenas (SIN), cuya administración municipal inicia a partir del 01 de enero de 2026 lo harán a más tardar el 30 de noviembre de 2028, es decir, en un plazo máximo de mil 065 días naturales.
El Parlamento avaló esta reforma con 33 votos a favor y tres en contra durante la Sesión Extraordinaria efectuada el pasado 23 de septiembre.






































