En tanto el gobierno estatal a través de la Consejería Jurídica aplaudió la sentencia emitida el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca del Poder Judicial de la Federación (PJF), Víctor Manuel Jaimes Morelos, en el que confirmó la falsedad del documento que Enrique Toro Ferrer había aportado en el juicio contra la expropiación de la exfábrica de Triplay, Enrique Toro Ferrer afirmó que interpondrá un recurso de revisión.
Las autoridades estatales informaron que en acuerdo con la resolución del expediente PRAL. 831/2023 se declaró fundado el incidente de objeción de documentos planteado por el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Geovany Vásquez Sagrero, en representación del Gobernador, Salomón Jara Cruz.
Por lo cual, detallaron que las pruebas de inspección judicial, testimonial y documentales aportadas por la representación jurídica del Gobernador acreditaron que era apócrifo el supuesto testimonio notarial que contenía un poder general para pleitos y cobranzas otorgado a Toro Ferrer por María Elena Medina López (fallecida), “ya que se demostró que en el protocolo del Notario Público No. 100 en el Estado, nunca se celebró dicho acto jurídico”.
Por ello, la Consejería Jurídica explicó que en la sentencia se resolvió sobreseer el juicio de amparo promovido por Toro Ferrer, por lo que, no se atendió la pretensión de su demanda, “porque le faltó acreditar un requisito procesal indispensable para comparecer al juicio, que en este caso fue la personalidad. Por ello, el juez consideró evitar estudiar el fondo del asunto, pues el quejoso carecía de interés legal para demandar”.
En este sentido, Enrique Toro Ferrer reiteró dio a conocer que ante esta resolución presentará un recurso de revisión y reiteró que cuenta con los documentos que lo acreditan como apoderado legal de la señora María Elena Medina López.
Según el poder notarial fue expedido ante la notaria pública número 118, Karla Yari Rojas Morán desde el 22 de febrero del 2011, por lo cual, afirmó que continuará con recursos legales antes las instancias correspondientes.










































