En Oaxaca, 13 muertes por voluntad anticipada
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En Oaxaca, 13 muertes por voluntad anticipada

El año pasado se registró la primera menor que solicitó muerte asistida; el caso, en el Hospital de la Niñez


En Oaxaca, 13 muertes por voluntad anticipada | El Imparcial de Oaxaca
Foto: Agencias // La Voluntad anticipada es un derecho de los oaxaqueños para decidir que no quieren al final de su vida.

En los últimos dos años Oaxaca registró cuatro nuevas voluntades anticipadas en personas que presentaron una enfermedad terminal, de las cuales, una fue menor de edad y contó con el consentimiento legal de sus tutores.

Sin dar más detalles por el derecho a la privacidad de las y los solicitantes de la Voluntad Anticipada, cuya Ley se puso en marcha en 2015, las autoridades de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) explicaron que a la fecha el estado cuenta con un acumulado de 13 personas que hicieron uso de este derecho.

Aprobada por el Congreso del Estado, la Ley señala que “toda persona, en pleno uso de sus facultades mentales, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, puede realizar ante un Notario o ante la institución de salud, con dos testigos, su declaración de voluntad anticipada que puede ser revocada en cualquier momento”.

Al respecto, la responsable del programa de Voluntad Anticipada de los SSO, Paulina Santiago Gómez, explicó que apenas en 2023 se contó con la primera voluntad anticipada en una menor de edad en el Hospital de la Niñez Oaxaqueña.

 

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Otras tres más fueron en personas adultas en lo que va de este año, de las cuales, dos fueron ante Notario Público y otra ante una institución pública como la Casa Hogar “Los Tamayo”, por enfermedades terminales.

En su oportunidad, Santiago Gómez recordó que la Voluntad Anticipada es un derecho que tienen las y los oaxaqueños de tener acceso y poder decidir sobre lo que no quieren al final de la vida.

En instituciones de salud, la primera Voluntad Anticipada se reportó en 2022 en un paciente de 71 años del Hospital General de Putla de Guerrero, que ante la enfermedad terminal que padecía decidió solicitar el formato correspondiente y regresar a su comunidad de origen con cuidados paliativos.

Cabe destacar que esta misma Ley establece que la Voluntad Anticipada podrá ser revocada por el signatario del mismo en cualquier momento que así lo requiera.


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