Revés para el Gobierno de Oaxaca, por cometarios de Gobernador
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Revés para el Gobierno de Oaxaca, por cometarios de Gobernador

TEPJF confirma vulneración a principios y uso indebido de recursos públicos por parte de Jara Cruz al referirse a políticos adversarios


Revés para el Gobierno de Oaxaca, por cometarios de Gobernador | El Imparcial de Oaxaca
El TEPJF confirma vulneración a principios y uso indebido de recursos públicos de parte de Gobierno de Oaxaca al hacer comentarios negativos contra Xóchitl Gálvez, Gabriel Quadri y el Frente Amplio por México (FAM).

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha emitido un revés al Gobierno de Oaxaca, confirmando de manera unánime la resolución de la Sala Regional Especializada. Dicha resolución determinó la vulneración a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, así como el uso indebido de recursos públicos por parte del gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz.

La controversia surge a raíz de diversas declaraciones realizadas por Jara Cruz durante una conferencia matutina transmitida por CORTV, medio de comunicación a cargo del gobierno local, el 21 de agosto de 2023. En estas declaraciones, el gobernador emitió comentarios negativos contra Xóchitl Gálvez, Gabriel Quadri y el Frente Amplio por México (FAM).

Entre las manifestaciones denunciadas se encuentran expresiones como: “¿Qué vendría para nuestro país si nos representara el día de mañana allá, en Palacio Nacional? Toco madera, no va a llegar, ¿verdad?”; y “Ya lo dijo Quadri, el diputado federal, que Oaxaca, Guerrero y Chiapas deberían desaparecer… que brutos son, ¿verdad?”.

El gobernador y otros funcionarios públicos de Oaxaca impugnaron la resolución de la Sala Regional, argumentando que incorrectamente se acreditó la existencia de un equivalente funcional, no se justificó el elemento de trascendencia al electorado y no se consideró el contexto de debate político y contraste de ideologías.

En la sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que el gobernador emitió señalamientos negativos con el propósito de influir en la voluntad de la ciudadanía, violando lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Federal y 15 de los Lineamientos Generales.

Además, se corroboró la existencia de uso indebido de recursos públicos debido a la transmisión de la conferencia matutina en diversos medios de comunicación oficiales del gobierno de Oaxaca.

Con esta decisión, se mantiene la resolución impugnada (SUP-REP-658/2023 y acumulados), marcando un precedente en la actuación de los funcionarios públicos en procesos internos partidistas y reafirmando la prohibición de influir en la voluntad ciudadana mediante el uso indebido de recursos públicos.


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