Entra en vigor nuevo reglamento del Centro Histórico de Oaxaca
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Entra en vigor nuevo reglamento del Centro Histórico de Oaxaca

La regulación de las terrazas, principalmente las comerciales, es parte del documento publicado en la gaceta el 26 de diciembre


Entra en vigor nuevo reglamento del Centro Histórico de Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca

Tras su publicación en la gaceta municipal de Oaxaca de Juárez el pasado 26 de diciembre, el 27 de diciembre entró en vigor el nuevo reglamento de Aplicación del Plan Parcial de Conservación del Centro Histórico de la ciudad.

En el documento, que abroga al reglamento de junio de 2021, se señalan las especificaciones para la regulación de las terrazas, principalmente las comerciales, que han proliferado en esta parte de la capital y que hasta el momento no habían atendido las disposiciones del anterior reglamento, en el cual ya se buscaba atender el problema.

Fue el pasado 7 de diciembre cuando en sesión de cabildo se aprobó el nuevo reglamento, en cuyos transitorios se especifica que su entrada en vigor es un día después de la publicación en la gaceta respectiva.

En su momento, el regidor de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, Pavel López Gómez, expuso que ahora sí se aplicarán las disposiciones y sanciones al respecto. Además de otras que contempla la nueva normativa, misma que se elaboró entre el ayuntamiento y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

El nuevo reglamento abarca 15 títulos, 17 capítulos, 51 secciones y 227 artículos, entre ellos los relativos a las terrazas, un tipo de espacio o construcción en las que diversos propietarios o negocios aprovechan para expandirse, aunque con modificaciones que han alterado la arquitectura colonial de la urbe.

Junto con el sitio arqueológico de Monte Albán, el centro histórico de Oaxaca de Juárez comparte la declaratoria de Patrimonio Mundial desde 1987 y uno de los principales elementos que considera este reconocimiento es el mantenimiento de la arquitectura colonial, así como los monumentos históricos que en ella se localizan.

Sobre el uso de azoteas como terrazas, el reglamento refiere que, por ejemplo, estas no deben afectar el conjunto urbano arquitectónico y que para tales usos se debe de hacer un trámite ante el ayuntamiento y cumplir diversas disposiciones en materia de protección civil, que sus intervenciones arquitectónicas y estructurales deben de contar con el aval del INAH y el ayuntamiento e incluso del consejo consultivo del Centro Histórico.

También explica que no se autoriza ningún tipo de techumbre, toldo o estructura fija o reversible y que el mobiliario tiene que ser autorizado por la Dirección de Centro y Patrimonio Históricos. Además de que queda prohibida la colocación de cocinas, sanitarios, áreas de servicio u otros elementos en las azoteas que se habiliten como terrazas comerciales o particulares.

 


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