Sancionan a 107 personas por violencia política contra mujeres
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Sancionan a 107 personas por violencia política contra mujeres

Proponen reformar la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral


Buscan establecer la nulidad de las elecciones cuando son afectadas por violencia política contra las mujeres por razones de género.
Buscan establecer la nulidad de las elecciones cuando son afectadas por violencia política contra las mujeres por razones de género.

En Oaxaca, 107 personas han sido sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, de un total de 342 en el país, según datos del Instituto Nacional Electoral (INE); sin embargo, no se ha aplicado la ley para la nulidad de las elecciones.

Al referir que las normas establecidas están sin aplicarse, situación que no garantiza un proceso equitativo ni que sea de manera inclusiva, la diputada Mariana Tiburcio presentó una reforma ante la LXV Legislatura.

Para eso, propuso reformar la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana del Estado, en donde se establezca la nulidad de las elecciones cuando son afectadas por violencia política contra las mujeres por razones de género.

La violencia política contra las mujeres en razón de género no sólo afecta a las candidatas directamente, sino que también impacta negativamente en nuestra sociedad en su conjunto. Cuando se restringe el acceso de las mujeres al ámbito político, perdemos su valiosa perspectiva y experiencia que aportan”, justificó.

Detalló que, aunque la Constitución oaxaqueña establece la nulidad de elecciones por violencia política contra las mujeres en razón de género, esta figura nunca ha sido utilizada.

Resulta necesario regular esta facultad en una ley reglamentaria y prever que se puedan anular las elecciones donde se haya comprobado que existió violencia política contra una mujer por razón de género. Es prioritario garantizar que la violencia cometida en el anonimato no sea causa de impunidad”, indicó.

La propuesta contempla la adición de tres medidas que evitarán que esta facultad sea utilizada indiscriminadamente por personas o grupos que aún sin posibilidades de ganar quieran entorpecer las elecciones para afectar a las mujeres, al Estado y la ciudadanía.

Entre las consideraciones que se deberán tomar en cuenta es la acreditación de la conducta de violencia política por razón de género, aun cuando no se pueda determinar su atribuibilidad, la cual deberá dirigirse a la mujer que quedó en segundo lugar en la contienda electoral y tendrá que ser determinante en el resultado de la elección, precisó.

En los casos en que sí se pueda determinar quién cometió la conducta, la persona candidata que ejerza la violencia, estará impedida para participar en la elección extraordinaria.


aa

 

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