Vence 2 de mayo fecha para presentar declaración anual: SAT
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Vence 2 de mayo fecha para presentar declaración anual: SAT

Multas superan los 22 mil 400 pesos; nutrida afluencia en oficinas locales


Foto: Adrián Gaytán / Las oficinas del SAT, registran alta afluencia.
Foto: Adrián Gaytán / Las oficinas del SAT, registran alta afluencia.

Derivado de las fechas fatales para la presentación de las declaraciones anuales, las oficinas centrales del Servicio de Administración Tributaria (SAT) luce con bastante afluencia.

A través de un comunicado de prensa, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer que la fecha límite para realizar dicho trámite a nivel nacional es hasta el próximo 2 de mayo.

Y es que las fechas inicialmente establecidas para la presentación de la declaración anual 2022 van del 1 al 30 de abril, no obstante, la dependencia federal decidió dar un día extra para beneficio de los contribuyentes.

Sobre quienes deben presentar la declaración anual, el artículo 150 de la Ley del ISR establece que si los ingresos fueron superiores a los 400 mil pesos durante el año, se debe presentar la declaración anual.

Pero también si trabajaron para dos patrones, aunque no se hayan rebasado los 400 mil pesos, además, si se solicitó al patrón que no presente la declaración anual o si se dejó de trabajar antes del 31 de diciembre.

Otros aspectos a considerar por parte de los contribuyentes deben ser si durante el año recibiste ingresos por pensión, liquidación, jubilación o aquellos trabajadores que percibieron ingresos acumulables como honorarios.

De acuerdo con el SAT, las multas por no cumplir con la presentación de la declaración anual oscilan entre los mil 810 y los 22 mil 400 pesos, pero si la declaración se presenta después del plazo estipulado y a requerimiento de la autoridad, la multa puede ser de hasta 44 mil 790 pesos.

Asimismo, a la par de las multas, otras consecuencias por no cumplir con la obligación fiscal, o presentar tardía de la declaración anual puede dar lugar a una opinión negativa de cumplimiento de obligaciones fiscales.

Y eso puede ser un obstáculo para los contribuyentes al solicitar ciertos documentos, añaden contadores consultados.

Incluso alertan que en caso de no pagar el impuesto a tiempo, se pueden generar actualizaciones y recargos, aunado a que el Certificado de Sello Digital para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), puede ser temporalmente restringido.


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