Llega el fin de año y con él la expectativa del pago del aguinaldo 2026, uno de los derechos laborales y prestaciones más esperados por millones de personas trabajadoras y pensionadas en México.
Sin embargo, la fecha en que “caerá el chivo” a las cuentas bancarias varía considerablemente dependiendo del régimen laboral, el sector de empleo o el instituto de seguridad social al que pertenezcas. Mientras que algunos sectores recibirán su depósito a inicios de noviembre, otros deberán esperar hasta el límite legal en diciembre.
A continuación, te detallamos el calendario oficial, los montos a recibir y las fechas clave para este 2026.
PENSIONADOS DEL IMSS: ¿CUÁNDO DEPOSITAN EL AGUINALDO?
Para los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el depósito del aguinaldo está previsto para el 2 de noviembre de 2026, junto con la mensualidad correspondiente a ese mes.

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A COBRARLO?
- Únicamente los pensionados bajo la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73) en las modalidades de cesantía en edad avanzada o vejez.
- El monto equivale a una mensualidad de la pensión (sin contar asignaciones familiares o ayudas asistenciales).
Nota importante: Quienes están pensionados bajo el régimen de la Ley 97 (Afore) no reciben este aguinaldo anual otorgado a la Ley 73.
PENSIONADOS DEL ISSSTE: FECHAS DEL PAGO EN DOS PARTES
El calendario oficial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) establece que la entrega de la primera parte del aguinaldo se realizará durante la primera quincena de noviembre de 2026.
Para evitar confusiones con los depósitos mensuales habituales, ten en cuenta las siguientes fechas:
| Fecha de Depósito | Concepto a Recibir |
| 29 de octubre de 2026 | Pago de la pensión correspondiente a noviembre |
| 1.ª quincena de noviembre | Primera parte del Aguinaldo 2026 |
| 27 de noviembre de 2026 | Pago de la pensión correspondiente a diciembre |
SERVIDORES PÚBLICOS: ADELANTO A PARTIR DEL 10 DE NOVIEMBRE
De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de octubre de 2026, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal están facultadas para comenzar la dispersión de esta prestación a partir del 10 de noviembre de 2026.
Este beneficio de pago anticipado abarca a:
- Trabajadores regidos por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
- Personal operativo de confianza, de enlace y de mando.
- Integrantes del Servicio Exterior Mexicano.
- Personal de las Fuerzas Armadas (militares en activo).
- Personal contratado por honorarios (capítulo de Servicios Personales) y beneficiarios de haberes de retiro.
Cada dependencia informará la fecha exacta de dispersión a su personal.
SECTOR PRIVADO
Para las personas que laboran en el sector privado, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) especifica que el aguinaldo debe entregarse antes del 20 de diciembre.
La ley indica que la prestación mínima debe ser equivalente a 15 días de salario por un año completo de trabajo (o la parte proporcional si se laboró menos tiempo).
Nota: Aunque algunas empresas suelen adelantar el pago a mediados de noviembre para aprovechar eventos como El Buen Fin, no están legalmente obligadas a hacerlo antes del 20 de diciembre.
¿QUÉ HACER SI NO TE PAGAN TU AGUINALDO A TIEMPO?
El aguinaldo es un derecho irrenunciable que aplica para trabajadores de base, confianza, sindicalizados, eventuales o por obra determinada con relación subordinada.
Si tu patrón o empresa no te entrega el aguinaldo antes del 20 de diciembre de 2026 o lo deposita incompleto, puedes solicitar apoyo gratuito en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet):
- Teléfonos de atención: 800 911 7877 / 800 717 2942
- Correo electrónico: [email protected]
- Plazo legal para reclamar: Tienes hasta un año entero a partir del día siguiente al vencimiento del límite legal para exigir el pago de esta prestación.











































