El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó esta semana una excelente noticia para las y los pensionados que cotizaron bajo el régimen de la Ley 73: a partir de enero de 2025, la pensión mínima garantizada aumentará a 9 mil 412 pesos mensuales.
Este ajuste beneficiará a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, y que al momento de su jubilación hayan cumplido con al menos 500 semanas cotizadas y la edad mínima requerida: 60 años en caso de cesantía y 65 años por vejez.
El aumento forma parte de las acciones del Gobierno Federal para mejorar el ingreso de los adultos mayores que dependen de una pensión vitalicia. El nuevo monto también busca hacer frente al incremento del costo de vida y brindar mayor seguridad económica a este sector de la población.
¿A quiénes aplica?
-
Personas pensionadas por el IMSS bajo la Ley 73.
-
Quienes ya reciben pensión mínima garantizada.
-
Aquellos que iniciaron su cotización antes de julio de 1997 y aún no se han pensionado, pero cumplen con los requisitos de edad y semanas cotizadas.
¿Qué pasa con la Ley 97?
El anuncio no aplica para pensionados bajo la Ley 97, es decir, quienes comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997. Estos trabajadores dependen del ahorro individual administrado en su cuenta AFORE y no tienen una pensión mínima garantizada automática.
Sin embargo, hay un grupo conocido como “transitorios”, que inició su cotización antes del cambio de ley, y que podrá elegir el régimen más conveniente al momento de su retiro.
¿Hasta cuándo estará vigente la Ley 73?
Autoridades del IMSS recordaron que el régimen de la Ley 73 se mantendrá hasta que se pensione el último trabajador que haya cotizado bajo sus reglas, lo cual podría ocurrir entre 2039 y 2044.
Documentos requeridos para tramitar pensión:
-
Identificación oficial
-
Estado de cuenta AFORE
-
Resolución del IMSS
-
Cuenta bancaria con CLABE









































