El proyecto sólo espera su aval de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera para continuar su discusión en el pleno de la Cámara Alta.
De acuerdo con lo aprobado por la Comisión, los cinco días remunerados que gozarán los trabajadores como permiso por luto serán los inmediatos al deceso de su familiar, y serán aplicables por el fallecimiento de la madre, padre, hija, hijo, hermana, hermano, persona cónyuge o concubina.
Entre los países que tienen regulada esta prestación, destacan reglas como presentar el acta de defunción del familiar al empleador para justificar las faltas y notificar de inmediato al centro de trabajo sobre el deceso del pariente directo.
EL LUTO, CARGA EMOCIONAL
Según investigadores de la St. George’s University of London, después del deceso de un familiar, el riesgo de sufrir un evento cardiovascular agudo puede estar presente hasta un mes después de la pérdida. Además de esto, otros estudios han identificado una correlación entre la muerte de un ser querido y el incremento en la sensación de dolor, trastorno del sueño o hasta pérdida de peso.
Por otra parte, las afectaciones por el deceso de un familiar o ser querido no siempre se manifiestan de manera inmediata, sino en los días posteriores al deceso. En ese sentido, el Servicio de Asesoría, Conciliación y Arbitraje del Reino Unido (ACAS, por sus siglas en inglés), indica que el proceso de duelo pueda afectar negativamente el desempeño laboral e incluso la capacidad productiva en el mediano plazo.
Se modificaría la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y esto significa que la licencia aplicaría cinco días que comenzarán a contar a partir del fallecimiento del familiar, y para hacer válido el permiso, la persona trabajadora deberá notificar el deceso a su empleador y presentar una copia del acta de defunción en un plazo de 15 días laborales.
La propuesta fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Trabajo y Previsión Social y busca garantizar que los empleados cuenten con respaldo en momentos de duelo, fomentando un ambiente de comprensión y apoyo en el ámbito laboral.
En el caso de México, actualmente el permiso por duelo depende de la voluntad del empleador, por lo que este es el tercer intento por establecerlo como un derecho laboral garantizado por la ley.
¿QUÉ SIGUE?
Después de su aprobación en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, el dictamen debe ser aprobado por la Comisión de Estudios Legislativos, Primera. Posteriormente, pasará a discusión y votación en el pleno del Senado.
El derecho al luto ha sido reconocido en varios países de Latinoamérica, brindando a los trabajadores licencias como en Colombia y Perú, donde se otorgan 5 días con goce de sueldo; Chile y Venezuela, 4 días; Bolivia, Uruguay, Ecuador y Paraguay permiten 3 días al igual que Argentina.