En dos entrevistas esta semana me han preguntado: ¿Qué hace un magistrado? Me referiré en adelante a los magistrados y magistradas del Poder Judicial de Oaxaca, pues también existen magistradas y magistrados del Poder Judicial de la Federación con sede en Oaxaca, de cuyas funciones e importancia les invito a ellas y ellos a escribir.
Históricamente, la magistratura ha sido un cargo público que impone respeto, aunque nunca se ha sabido bien a bien para qué sirven los magistrados.
En las facultades de derecho y en el medio jurisdiccional, ser magistrado es la máxima aspiración de aquel que se quiere dedicar a hacer justicia.
Creo que el respeto a la magistratura viene más de su relación con el poder.
Históricamente, los gobernadores, como en muchos espacios de la vida pública, los han venido designando directa o indirectamente. Todo aquel o aquella que ha llegado a ser magistrado ha tenido —al menos— el visto bueno del gobernador en turno.
Y ahora que jueces y magistrados tienen que ir a las urnas, esto no cambia.
Bueno o malo, ha sido parte de los arreglos políticos que con base en las reglas no escritas de la democracia le han dado estabilidad a proceso que de otra forma provocarían mucha inestabilidad.
Pareciera que bastaba con saber que el magistrado era designado o propuesto por el gobernador para reconocerle relevancia, cualquiera que fuere su trabajo específico una vez asumido el cargo.
Hoy que el paradigma de la legitimidad judicial cambia, naturalmente se pregunta cada vez más qué hace o para qué sirve un magistrado.
Y hay que decir que un magistrado o magistrada es un revisor.
Los magistrados que integran el pleno del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca revisan las sentencias que dictan nuestros jueces y juezas de primera instancia y con las cuales está inconforme una de las partes que intervienen en un juicio (generalmente quien pierde).
Uno de los muchos derechos humanos que existen con relación al acceso a la justicia es el derecho al recurso.
Independientemente de que jueces y juezas, humanos como son, pueden equivocarse o de que alguna circunstancia propicie que la sentencia la que corresponda, las partes tienen derecho a que, con independencia de cualquier cosa, la sentencia se revise.
Puede sucederá también que siendo técnicamente correcta la sentencia dictada por el juez de primera instancia, y por la propia característica del orden jurídico inserto en el Estado Constitucional de Derecho, los magistrados puedan tener un “criterio” distinto para tomar una decisión diferente.
Lo que quiero decir es que los Tribunales Superiores de Justicia y los Magistrados que integran su pleno tienen, como principal calidad, ser garantes del derecho humano al recurso, a la revisión de sus sentencias cuyo procedimiento está normado por el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Hoy, magistrados y jueces tienen además la obligación moral de educar y aculturar.
Es una obligación derivada del nuevo paradigma judicial donde la única legitimidad que pueden construir jueces y magistrados para presentarse a las urnas —además de aquella que deriva de la calidad y justicia de sus sentencias— es una suerte de legitimidad epistémica.
En un país y estados donde la gente que vota ha estado históricamente “lejos” de jueces y magistrados, ahora que está llamada a elegirlos debe saber —con el mayor detalle posible— qué hacen y cómo lo hacen. Además de la importancia de su labor para la democracia y la paz.
Esto se puede conseguir de dos formas: o ponemos a leer a la gente constituciones, leyes y libros que lo expliquen; o aprovechamos todas las oportunidades posibles para explicárselos de viva voz y en un lenguaje entendible.
*Magistrado presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca.
































