Día del Abogado: Ejercicio libre y protección, deber del Estado
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Día del Abogado: Ejercicio libre y protección, deber del Estado

 


El pasado 12 de julio se celebró el Día del Abogado, por lo que me parece relevante, al margen de las diversas formas en que cada agrupación de esta rama revive esta fecha, hacer público el tema del que se ocupa, en el informe presentado en seguimiento a la resolución 44/8, por el Relator Especial de la ONU, Diego García-Sayán, sobre la independencia de los magistrados y abogados, en el que aborda la protección de las personas que ejercen la abogacía, bajo la premisa de que su libre ejercicio es un elemento indispensable de las garantías judiciales que aseguran un juicio justo y de la protección de los derechos humanos. El Relator Especial describe los estándares internacionales y regionales que protegen el ejercicio de la profesión.

Es importante conocer algunas inquietudes descritas en el informe, en los momentos en que, en nuestro país diversos sectores de la sociedad mexicana, son considerados como enemigos conservadores del régimen en turno, de lo que no escapa el gremio de los abogados, cuando se debaten las reforma constitucionales o legales que propone el ejecutivo federal, a través del uso de las herramientas constitucionales y legales que tiene a su disposición el gobernado, o los segmentos sociales afectados, como son el juicio de amparo, la controversia y acciones de inconstitucionalidad, el juicio electoral, justicia administrativa, fiscalías, para defenderse de los excesos del poder de la autoridad, así como las recomendaciones que cita, para inhibir una tendencia creciente a nivel global de prácticas que menoscaban, limitan, restringen u obstaculizan el ejercicio de la abogacía. Ello ocurre especialmente cuando su actividad se orienta a la lucha contra la corrupción, la defensa de los derechos humanos o la protección de grupos en situaciones vulnerables, como el derecho a la salud frente a la pandemia, se asegura en el informe.

Enfatiza que la abogacía y su libre ejercicio son un elemento indispensable del estado de derecho, de la protección de los derechos humanos y de un sistema judicial independiente. Su libre ejercicio contribuye a asegurar el acceso a la justicia, la fiscalización del poder estatal, la protección al debido proceso y las garantías judiciales, las restricciones existentes se han acentuado a raíz de las medidas adoptadas por los Estados en su lucha contra la enfermedad por coronavirus (Covid-19). Cita que los Estados deben garantizar que quienes ejerzan la abogacía puedan hacerlo libres de intimidación, obstáculos, acosos o interferencias. 

El Relator Especial destaca el trabajo en la protección y consolidación del estado de derecho de todas las personas que ejercen funciones de abogacía, tengan o no la categoría oficial de abogados. Los principios y normas internacionales sobre la independencia de la profesión jurídica y su libre ejercicio, en particular los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, constituyen elementos esenciales que deben servir de guía para quienes ejercemos la abogacía, así como sus colegios o asociaciones profesionales y, a la vez, ser plenamente respetados por las autoridades estatales.

Subrayo, del contenido de este informe, ciertos lineamientos que debemos respaldar, los que ejercemos como abogados, a fin de consolidar un ejercicio libre, al margen de influencias y presiones ajenas a la actividad que llevamos a cabo. Cita como estándares internacionales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados; la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos; el Sistema interamericano de derechos humanos, además el africano y europeo.

El informe describe una tendencia mundial de restricciones inconstitucionales al ejercicio de la profesión de abogado y la receta para desterrar este mal que en México y en Oaxaca, se materializa en lo relativo a la designación de jueces, magistrados, fiscales, cargos en órganos autónomos como el relacionado con la corrupción que, contradictoriamente, se renueva bajo reglas de imposición de sus miembros sin respetar las reglas de la convocatoria emitida; la injerencia indebida de los poderes ejecutivos y legislativo sobre la actuación de los jueces federales, a los que se presiona con acusaciones y carpetas de investigación locales o federales e incluso se ha detectado en algunos casos, la influencia que ejercen consejeros de las judicaturas para inclinar la balanza, como sucedió con las suspensiones de plano en el caso de los menores no vacunados en nuestra entidad, que los Tribunales Colegiados de Circuito Federales en materia administrativa, las revocaron dejando de tutelar el derecho a la salud de esos grupos.

Estos actos quedan encuadrados en el informe del Relator Especial de la ONU, cuyo contenido íntegro debe ser consultado como medio que permita, en nuestro Estado, que el gobierno que asumirá al poder sea receptivo y abierto al cambio en ese rubro, el ejercicio libre de las profesiones, sin restricciones intimidatorias de los abogados, en los diversos sectores en que actúa y posibilite que contemos con servicios públicos de procuración y administración de justicia constitucional civil, penal, laboral, indígena, administrativo y una fiscalía efectivamente autónomas que incluya el nombramiento de colaboradores que reúnan el perfil del cargo que van a protestar desempeñar, identificados con los valores del pueblo de Oaxaca que abandone la simulación en la integración del aparato de estado para proteger los actos de corrupción.

Los profesionales del Derecho en Oaxaca debemos ser el motor que impulse iniciativas que se concentren en la Constitución del Estado de Oaxaca, en la Ley local del Ejercicio Profesional y, como consecuencia, se reflejan en el orden jurídico secundario, los lineamientos expuestos en el informe comentado, no sólo de los abogados, pues los médicos no han escapado de esas agresiones directas o indirectas del poder, a fin de que se contemplen en las reformas que implemente el nuevo gobierno a partir de diciembre, y seamos para ello factor de motivación y colaboración en ese esfuerzo.

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aa

 

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