Coronavirus y el derecho humano a la salud
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Opinión

Coronavirus y el derecho humano a la salud

 


Por Ana Aguilar

Ante la actual pandemia que vive la humanidad con respecto a la propagación del Covid-19 o mejor conocido como coronavirus, en Oaxaca se concedió una suspensión de oficio mediante amparo de número 290/2020 de fecha jueves 12 de marzo; el demandante entre los actos reclamados señaló la falta de una estrategia integral dirigida a prevenir las infecciones del Covid-19 en el territorio nacional, salvar vidas y reducir al mínimo sus efectos, máxime que la organización mundial de la salud lo declaró como una pandemia.

Como autoridades responsables se señaló al presidente de la república, al consejo de salubridad general, al secretario de salud del gobierno federal, al director general de epidemiología de la Secretaría de Salud federal y al director del Instituto de Salud para el Bienestar del Gobierno Federal.

También en Michoacán mediante amparo 282/2020, el juzgado séptimo de distrito con fundamento en los artículos 15 y 126 de la ley de amparo decretó de oficio la suspensión de plano para que las autoridades responsables comprueben las medidas preventivas y acciones que han efectuado para detectar a las personas con el virus Covid-19.

Hablando específicamente del titular del poder ejecutivo, es decir del presidente de la República, encontramos dentro de la Constitución Federal en el artículo 89 fracción primera que éste debe ejecutar las leyes que expida el congreso de la unión, dentro de nuestras leyes mexicanas tenemos la ley general de salud, que establece en su artículo segundo el derecho a la protección de la salud y en su artículo tercero fracción 17 establece que las autoridades deben prevenir y controlar enfermedades transmisibles.

Bajo este análisis es correcto que un ciudadano promueva un amparo si considera que se está violando su derecho humano a la salud, es precisamente con estas acciones que los ciudadanos podemos utilizar las leyes para protegernos incluso en temas como el del Covid-19, o al menos hacer evidente la capacidad o incapacidad de los gobernantes para resolver las diferentes problemáticas sociales y humanitarias.

Considero también que este tipo de casos nos puede poner reflexivos respecto de una realidad epidemiológica confrontada con una realidad económica, gubernamental y sobre todo constitucional, ya que una cuestión es emitir leyes y reglamentos y otra muy diferente llevarlo a la práctica con todo lo que esto implica.

Promover éste tipo de amparos confronta dos realidades, la constitucional y la social, sin embrago pueden surgir interrogantes como las siguientes: ¿Es nuestra constitución solo un texto de consulta para justificar que existe un orden en nuestra sociedad o realmente es la solución a todos los problemas sociales y queda de las autoridades seguirla al pie de la letra? ¿Las autoridades tienen en realidad la capacidad de resolver problemáticas como éstas o realmente los limita su humanidad y la economía con la que cuentan?

Queda en nosotros resolver las interrogantes pero por el momento sigamos las indicaciones que emitió la secretaría de salud, las cuales son llevar al pie de la letra las medidas básicas de prevención, específicamente lavado de manos frecuente, etiqueta respiratoria, saludo a distancia recuperación efectiva, suspensión temporal de actividades, reprogramación de eventos de concentración masiva así como la protección y cuidado de las personas adultas mayores.

Y por supuesto no olvidemos que tenemos herramientas jurídicas que las podemos hacer valer ya que es nuestro derecho como ciudadanos, solamente mediante la petición haremos visibles nuestras necesidades y podremos exigir lo que nos corresponde, aquello que nos es prometido dentro de un acuerdo social denominado constitución y que por supuesto en otros casos como lo que respecta a nuestras obligaciones como ciudadanos contribuyentes sí vemos cumplirlas frecuentemente.


aa

 

Relacionadas: