La reforma laboral era necesaria pero continua incompleta, dejaron fuera demandas añejas y necesarias como la excepción de los sindicatos a estar sujetos a la Ley de Impuesto Sobre la Renta, esto implica que no tienen contabilidad y no están sujetos a auditorías, estableció Mario Cruz Escamiroza, ex presidente de Coparmex-Oaxaca.
La iniciativa se centró en los derechos de asociación de los trabajadores y ahora podrán elegir a sus líderes mediante voto directo y secreto, se acaba la elección por “aclamación” y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) -Organismo que sustituirá las juntas de conciliación y arbitraje- tendrá facultades para vigilar el correcto ejercicio de este derecho.
A pesar de ello, sigue pendiente en relaciones individuales de trabajo, el equilibrio de las cargas probatorias sobre el despido y las condiciones de trabajo, y se suprima la sanción de considerar como despido injustificado cuando un patrón omita entregar un aviso de rescisión.
Además de sancionar con severidad a quien provoque la suspensión de actividades en una empresa por vías de hecho y fuera de un procedimiento legal y evitar que un sindicato obtenga la constancia de representatividad sin el apoyo mayoritario de los trabajadores.
“La primera no es cosa menor, son causas que afectan a pequeñas empresas que no tienen una estructura jurídica a su servicio y las cuales superan, por mucho, en número a las medianas y las grandes”.
El empresario apuntó que para nadie es secreto la postura de Nancy Pelosi, Presidenta de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, de ahí que la reforma laboral como fue aprobada era condición indispensable para la ratificación del nuevo T-MEC, sin duda esto afectó el ánimo de los congresistas para aprobar una reforma tan corta en la relación obrero patronal.
De esta forma, los senadores aprobaron el dictamen de la minuta recibida de San Lázaro, según el cual se crean las bases para un nuevo sistema de justicia laboral y fija reglas para que los sindicatos elijan libremente a sus líderes sindicales.
De acuerdo con la normatividad aprobada, los tribunales laborales dependerán del Poder Judicial, por lo que desaparecen las juntas federales y locales de Conciliación y Arbitraje, órganos tripartitas, entre la Secretaría del Trabajo, la patronal y los sindicatos, que dirimían huelgas y controversias laborales.
Asimismo, la Ley Federal del Trabajo se armoniza con el Capítulo Laboral del T-MEC, y se ratifica el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece libertad de asociación sindical y los contratos colectivos.
PUNTOS DE LA NUEVA REFORMA
Después de la aprobación de la reforma laboral en la Cámara de Senadores estos son los puntos esenciales de esta nueva normativa:
1. Trasladar la facultad que tienen las Juntas de Conciliación y Arbitraje al Poder Judicial.
2. Crear el Centro de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).
3. El director del Centro será designado por el Senado de una terna enviada por el presidente.
4. Otorga a los Tribunales Colegiados de Circuito facultades para resolver conflictos laborales.
5. Crea la Unidad de Peritos Judiciales.
6. Establece el derecho a la defensoría pública en materia laboral.
7. La elección de los líderes sindicales será mediante el voto libre, secreto y directo.
8. Prevé protocolos para evitar la discriminación de género, trabajo forzoso y trabajo infantil.
9. Los contratos colectivos de trabajo existentes deberán revisarse al menos una vez durante cuatro años posteriores a la entrada en vigor del decreto.
10. Prohíbe que los sindicatos participen en esquema de evasión de contribuciones y ejerzan violencia contra sus miembros






































