El servicio en la oficina central del Registro Civil se normalizó luego de la protesta pública por parte de trabajadores de base, quienes por enésima ocasión se manifestaron al no contar con espacios para laborar.
La víspera, un grupo de trabajadores adheridos al Sindicato de Burócratas se declaró en paro de brazos caídos debido a que con el cambio de sede, no les asignaron un lugar de trabajo.
Y a eso se sumaba la carencia de formatos para registros de nacimiento, no obstante a partir de estos días, la actividad administrativa y de servicio al público se normalizó en las oficinas matriz.
Sin embargo, las actividades llegaron con un ajuste en el precio de los servicios que presta el Registro Civil, por ejemplo el documento con mayor demanda (acta de nacimiento) aumentó 9 pesos.
Es decir el costo de la copia certificada del acta de nacimiento en territorio oaxaqueño hasta hace una semana costaba 111 pesos, pero al día de hoy al usuario le cuesta 120 pesos.
Misma que puede obtenerse en las oficinas de la Dirección General, en Santos Degollado número 400; en el Archivo Central, en la calle de Violetas 914 colonia Reforma o en las 145 oficialías distribuidas en todo el estado.
Pero ante la alta demanda en sus instalaciones en la capital del estado, el Registro Civil exhortó a las dependencias estatales y federales a no solicitar la actualización de las actas de nacimiento, dado que no pierde vigencia.
A la semana se registran al menos 3 mil 500 trámites entre actas de nacimiento y demás rubros, de donde se observan largas filas en las oficinas centrales.
El RC exhortó a las dependencias de gobierno e instituciones privadas a abstenerse de solicitar, para la realización de diversos trámites, una copia certificada de nacimiento de reciente expedición.
Dado que el documento no pierde vigencia, siempre y cuando sea perfectamente legible, “el documento legal no tiene vigencia o temporalidad para su uso o acreditación, debido a que es un registro inicial que realiza el estado mexicano al momento del nacimiento del ser humano dentro del territorio nacional”.
Lo anterior, dado que dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, así como los gobiernos de los estados de la República, deben aceptar las actas de nacimiento siempre y cuando se encuentren legibles, sin raspaduras o enmendaduras.
En 2019 el Congreso local aprobó adiciones al Código Civil para el Estado de Oaxaca, al artículo 66 Bis respecto a la vigencia de las actas de nacimiento.
“La vigencia de las actas de nacimiento y las copias certificadas de las mismas que expide el Registro Civil, que se encuentren en buen estado, sin tachaduras, borraduras, enmiendas y legibles, no están sujetas a plazos de caducidad y los datos asentados en ellas se presumirán actualizados”, dicta la reforma.