Luego de declarar inoperantes los agravios, el pleno de la sala regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) confirmó los cómputos y declaración de validez de las elecciones municipales de Santa Cruz Amilpas, Santo Domingo Chihuitán y San Francisco Ixhuatán.
De acuerdo a la resolución del juicio SX-JRC-147/2024, los magistrados confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) al admitir declaración de validez de la elección de Santa Cruz Amilpas y la entrega de las constancias de mayoría y validez a favor de la planilla de la candidatura independiente encabezada por Christian Baruch Castellanos..
Lo anterior, al declarar inoperantes los agravios formulados por el partido político local Movimiento Unificador de Jóvenes en el Estado y sus Regiones (MUJER) respecto a la comisión de supuestas irregularidades graves acontecidas durante el desarrollo del proceso electoral.
Esto dijeron los magistrados, al tratarse de argumentos genéricos que no controvirtieron ni desvirtuaron las consideraciones del Tribunal local, además de que, el candidato de la planilla independiente ganadora no incurrió en rebase al tope de gastos de campaña.
Asimismo, al resolver el juicio SX-JRC-154/2024, las magistraturas de la Sala confirmaron la determinación del TEEO de declarar la validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de Santo Domingo Chihuitán, así como, la expedición de las constancias de mayoría y validez a favor de la planilla postulada por el PVEM.
Recordaron que el Tribunal local sí analizó todos los planteamientos hechos valer por Partido Revolucionario Institucional (PRI), además de que, resultó improcedente ordenar que se realizara el recuento total en sede jurisdiccional, al no haber una causa justificada para ello.
En lo que hace al juicio SX-JRC-157/2024, la Sala Regional confirmó la sentencia emitida por el TEEO que validó la elección de integrantes de San Francisco Ixhuatán, Oaxaca, así como la entrega de la constancia de mayoría y validez expedida a favor de la planilla postulada en Candidatura Común por el PVEM y MORENA.
Debido a que los agravios formulados por el partido Fuerza por México Oaxaca eran inoperantes, ya que no controvirtió frontalmente las consideraciones del TEEO, además de plantear aspectos novedosos que no hizo valer en la instancia local.






































