Consejería omite responder y reserva información del MACO
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Consejería omite responder y reserva información del MACO

Reclasifica el contrato de comodato, convenio y los montos otorgados al museo


Foto: Archivo El Imparcial / Geovanny Vásquez Sagrero oculta información.
Foto: Archivo El Imparcial / Geovanny Vásquez Sagrero oculta información.

Luego de evadir su responsabilidad para responder a una solicitud de acceso a la información pública de fecha 28 de junio, cuando el gobierno finalizó el contrato de comodato con Amigos del Museo de Arte Contemporáneo de Oaxaca (MACO), la Consejería Jurídica del Estado decidió clasificar como reservada –durante 10 años- la información relacionada con el museo.

En su respuesta a una segunda solicitud hecha por esta reportera, y en la que se le volvió a pedir copia del contrato de comodato y del convenio de colaboración, así como información sobre los montos otorgados entre 2015 y 2020 al museo, el órgano a cargo de Geovanny Vásquez Sagrero determinó que tales documentos y datos no están disponibles para el público.

Esto a pesar de que en reiteradas ocasiones el titular se ha referido a un contrato y convenio de manera pública en conferencias, entrevistas y en sus redes sociales.

Por su parte, la unidad de transparencia de la consejería argumentó que “dar acceso a la información que solicitan se violenta el derecho al debido proceso”. Sin embargo, antes de decidirse por esta respuesta omitió responder a la primera solicitud del 28 de junio, con folio 201193223000060. Ante ello, se inició una queja.

Fue hasta que en la solicitud 201193000067, cuando se le recordó que no había respondido a la primera petición cuando el ente confirmó el 14 de agosto que clasificaba tales datos.

Actualmente, el museo mantiene un conflicto que inició en 2020 con la denuncia pública de las y los extrabajadores hacia la asociación Amigos del MACO, que preside el artista Rubén Leyva, por falta de pagos y otras prestaciones.

Aunque el estado recuperó el inmueble en que el museo operó desde 1992, sigue también el conflicto entre estado y asociación. En medio de esto último, el estado no ha devuelto las obras a las tres artistas (Tania Bello, Susana Wald y Patricia Belli) que las tenían en el museo al momento de notificarse la rescisión del contrato de comodato.

La Unidad de Transparencia de la Consejería argumentó que la decisión de clasificar la información sobre el museo se basa en el artículo 113 (fracciones VII, X y XI) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Así como en el 54 (fracciones X, XI y XII) de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.

En el primer caso, el artículo 113 señala que se puede clasificar la información en casos como el que, de hacerse pública, “obstruya la prevención o persecución de los delitos”, “afecte los derechos del debido proceso” o “vulnere la conducción de los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado”.

Sin embargo, de acuerdo con el artículo 54 de la legislación estatal, la clasificación procede cuando, por ejemplo, se “afecte los derechos del debido proceso”. Asimismo, porque contenga “los expedientes de averiguaciones previas o carpetas de investigación”, aunque “una vez que se haya determinado el ejercicio de la acción penal o el no ejercicio de la misma, serán susceptibles de acceso, a través de versiones públicas, en términos de las disposiciones aplicables”.

Otro factor para determinar su clasificación es que se “contengan los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto la sentencia no haya causado ejecutoria” y “una vez que dicha resolución cause ejecutoria los expedientes serán públicos, salvo la información reservada o confidencial que pudieran contener”.


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