Atrio de Santo Domingo, en el ámbito de la iglesia
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Atrio de Santo Domingo, en el ámbito de la iglesia

Crece el debate por su uso como escenario de eventos públicos


Atrio de Santo Domingo, en el ámbito de la iglesia | El Imparcial de Oaxaca

Considerado un espacio público como los demás templos católicos del centro histórico de la ciudad, pero que a diferencia de la basílica de la Soledad o del templo del Carmen Alto ya no está delimitado por bardas, el atrio del templo de Santo Domingo de Guzmán ha sido objeto de disputa.

La realización de espectáculos y ceremonia por parte del gobierno estatal y del federal en las últimas semanas ha abierto el debate sobre quién determina y autoriza el uso de este sitio, que aunque es público está bajo jurisdicción de la iglesia, como coinciden fray Alejandro Latapí (responsable del templo) y el ayuntamiento capitalino.

Los conjuntos religiosos como este son considerados monumentos históricos y espacios públicos según la Ley Federal sobre Sitios y Monumentos Arqueológicos, Históricos y Artísticos y el reglamento general de aplicación del Plan Parcial de Conservación del Centro Histórico.

Sin embargo, para su uso aún existen confusiones, pues aunque es un sitio de libre tránsito, la autorización para realizar en su atrio un evento público (cultural o de otra índole) no compete al ayuntamiento, ha respondido la regidora de Gobierno y Espectáculos, Adriana Morales.

La concejal, quien preside la comisión de gobierno y espectáculos (encargada de analizar las solicitudes para espectáculos) reconoció y aclaró que el municipio no tiene el poder de autorizar ningún evento en tal sitio. Y que se efectuarse alguno, el o los organizadores deben solicitar la anuencia de la autoridad eclesiástica, en este caso del párroco, y posteriormente llevar al municipio tal documento para que este esté enterado de la actividad.

Pero hasta ahora, los dos eventos realizados el 5 de mayo y el 18 por el gobierno estatal y el federal, incluida la Secretaría de la Defensa Nacional, han sido sin permiso de la iglesia e incluso han omitido las notificaciones del ayuntamiento para que pidan la anuencia al párroco.

Esto ha derivado en molestias para feligreses y párroco, al interrumpir tales eventos los servicios al interior del templo.

Aunque el ayuntamiento ha confirmado que no tiene poder para autorizar espectáculos u otra actividad en tal atrio, las leyes y reglamento en la materia tampoco aclaran los alcances. El reglamento de espectáculos y diversiones refiere que si una actividad se pretende realizar en el centro histórico, primero se debe de contar con la autorización de la Dirección de Centro Histórico y Patrimonio, según lo estipulado también en el reglamento del plan parcial de conservación del centro histórico.

 


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