Sanción por 864 mil pesos como mínimo por un homicidio doloso
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Sanción por 864 mil pesos como mínimo por un homicidio doloso

Casi uno de cada 4 hombres privados de la libertad, 24.9%, por asesinato


Sanción por 864 mil pesos como mínimo por un homicidio doloso | El Imparcial de Oaxaca
Foto: ilustrativa

Debido al aumento de la violencia que se vive en el país, según datos de la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL 2021), nivel nacional, el 24.9% de la población de hombres privada de la libertad sentenciada fue condenada por el delito de homicidio doloso y el 22 % de la población de mujeres fue sentenciada por este mismo delito.

Especialistas en materia penal destacan que de acuerdo las circunstancias en que ocurren los homicidios dolosos, los responsables pueden recibir penas que van desde los 12 años hasta el tiempo que los jueces consideren necesario, según de cómo y en qué circunstancia se cometió el delito.

En lo que refiere a las indemnizaciones, el presidente de la asociación civil Litigio Estratégico Indígena, Carlos Morales Sánchez, destacó que la multa para las o los infractores, inician desde los 5 mil días de salario mínimo, sin embargo, puede aumentar según el proceso legal que realicen los litigantes.

Expuso que los jueces se basan principalmente en el Artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo para imponer las multas, en la cual señala que en caso de muerte o por desaparición derivada de un acto delincuencial del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario lo equivalente a 864 mil 350 pesos, sin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal.

En el Código Penal no se establece eso y lo que hacen los jueces es basarse a esta Ley Federal del Trabajo, eso es lo mínimo que se puede pagar y lo máximo lo que se considere en su momento en el juicio, se han llegado a pagar hasta 8 millones de pesos”, destacó el abogado.

Explicó que la suma tiene ver con gastos previos que pudieron haberse derivado antes de que la persona perdiera la vida como gastos materiales o de hospitalización. “Existen varias modalidades, también hay sentencias por lucro-cesante cuando la persona que fallece tenía perspectiva de vida y la estadística dice que normalmente se puede fallecer a los 72 años y lo que se hace es calcular de cuánto dinero dejó de percibir, pero eso te lo pagan si el estado te causó el daño”, apuntó.


aa

 

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