SSO despedirá a personal de salud de Oaxaca en plena pandemia
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SSO despedirá a personal de salud de Oaxaca en plena pandemia

Sin una justificación clara, el gobierno hará el tercer recorte de personal desde febrero de este año, a pesar de que aún no se ha controlado la pandemia


SSO despedirá a personal de salud de Oaxaca en plena pandemia | El Imparcial de Oaxaca

Autoridades del área de administración y finanzas de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) iniciaron otro recorte de trabajadores de las diferentes jurisdicciones sanitarias de la entidad, entre personal médico, de enfermería, administrativo y de confianza.

Tan solo en el último mes, se tiene el registro de al menos 150 trabajadores que fueron despedidos, que se suman a los 200 que ya no continuaron sus labores desde febrero, antes de registrarse los primeros casos de Covid-19 en Oaxaca.

En medio de la emergencia sanitaria, algunos de los trabajadores inconformes lamentaron que no solo se haya iniciado con otro recorte de personal, sino también se haya dado la disminución de salarios a mandos medios y de confianza.

Esta situación, dijeron, no solo afecta a los trabajadores de salud ante el incremento de labores por la pandemia, sino también a la población en general por la reducción del personal para llevar a cabo diversos programas.

Recordaron que un gran número de trabajadores sindicalizados siguen en resguardo domiciliario, por estar entre los grupos de riesgo ante el Covid-19, tanto por edad como por enfermedades.

Los inconformes señalaron que de manera formal no se les ha notificado el motivo por el cual iniciaron otros despidos y se redujeron salarios, pero se debe supuestamente a la falta de recursos, generado por los gastos que se han realizado por la emergencia sanitaria.

En diversos oficios a los trabajadores que fueron dados de baja, con firma del subdirector general de Administración y Finanzas de los SSO, Martín Mathus Alonso, se comunica la conclusión de los servicios a partir del 31 de agosto.

Se expone que la conclusión del contrato se realiza con fundamento “en los Artículos 74, 126 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los Artículos 37 fracción III y 49 fracción V de la Ley Federal del Trabajo, de conformidad con lo establecido en las Cláusulas SEGUNDA, TERCERA Y DÉCIMA del Contrato Individual de Trabajo por TIEMPO DETERMINADO”.


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