Como cada año, los trabajadores mexicanos tienen derecho a recibir una parte de las ganancias generadas por las empresas para las que laboran. Se trata del reparto de utilidades, un ingreso adicional regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y totalmente independiente del aguinaldo.
Este derecho está contenido en el Capítulo VIII de la LFT y representa una forma de reconocer el aporte de los empleados al éxito financiero de sus centros de trabajo. La fecha límite para recibirlo es el 30 de mayo para empleados de empresas y el 29 de junio para quienes trabajen para personas físicas con actividad empresarial.
¡OJO! ¿QUIÉNES TIENEN DERECHO AL REPARTO?
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), el reparto de utilidades aplica para cualquier persona que haya trabajado al menos 60 días durante el año fiscal anterior, sin importar si fue de forma continua o discontinua, si el contrato fue por tiempo determinado o si la relación laboral ya concluyó.
Esto incluye:
- Trabajadores de planta.
- Ex empleados que hayan trabajado más de 60 días.
- Empleados por obra o por tiempo determinado.
- ¿Quiénes están excluidos?
No todos los trabajadores están contemplados en este beneficio. La ley excluye expresamente a:
- Trabajadores del hogar.
- Empleados eventuales con menos de 60 días laborados.
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios o accionistas de la empresa.
- Profesionistas técnicos o externos que presten servicios por honorarios sin subordinación laboral.
¿CÓMO SE CALCULA LO QUE TE TOCA?
El reparto de utilidades se basa en los resultados fiscales declarados por la empresa. Si una compañía reportó ganancias en su declaración anual (realizada en los primeros meses del año), está obligada a distribuir un porcentaje de esas ganancias entre su personal.
La fórmula para calcular cuánto recibe cada trabajador se divide en dos partes:
- 50% del monto total se reparte proporcionalmente entre todos los empleados según los días trabajados.
- El otro 50% se distribuye con base en los salarios percibidos, lo que significa que quienes ganan más, reciben una porción mayor de esa mitad.
¿QUÉ MEDIDAS GARANTIZAN LA TRANSPARENCIA?
Para que el reparto sea justo y claro, la ley establece que debe conformarse una comisión mixta, integrada por representantes del patrón y de los trabajadores.
Esta comisión:
- Elabora un proyecto de reparto individual por trabajador.
- Debe colocar ese proyecto en un lugar visible del centro de trabajo.
- Permite a los trabajadores presentar observaciones en un plazo de 15 días.
- Si hay desacuerdos, el asunto será resuelto por el Inspector del Trabajo, quien tiene la facultad de intervenir para garantizar el cumplimiento legal.
¿QUÉ PASA SI NO LO RECIBES?
Tienes hasta un año para reclamar tu reparto de utilidades. Si no te pagan o si detectas irregularidades, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para presentar una queja formal.