La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de una mujer que exigió al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una indemnización por daño moral, luego de que personal médico entregara por error el cuerpo de su madre fallecida a otra familia. El caso, que inició en 2020, fue resuelto el pasado 26 de marzo y publicado el 13 de junio en el Semanario Judicial de la Federación.
La negligencia del IMSS provocó que la víctima no pudiera velar a su madre, mucho menos llevar un duelo y darle una despedida acorde a sus creencias. Aun así la justicia consideró que no había daño alguno en su contra, hasta que llegó a la SCJN.
Su madre recién había muerto. Acaba de pasar uno de los peores momentos que una persona puede vivir, sin saber que aún se pondría peor.
El dolor de perder a su madre incrementó cuando no le entregaron el cuerpo.
El hecho ocurrió el 29 de septiembre de 2020 en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 del IMSS en Quintana Roo, en plena pandemia de covid-19. La mujer esperaba recibir el cuerpo de su madre para sepultarla, pero fue informada de que el cadáver ya había sido entregado a otra familia.
El mundo entero sufría la pandemia de covid-19 y el error del IMSS lo complicó todo.
El 20 de abril de 2021, presentó una solicitud formal ante la Coordinación de Asuntos Contenciosos del IMSS, exigiendo una compensación por la afectación emocional y espiritual causada por el acto negligente. Sin embargo, el Instituto no respondió a su demanda.
Ante la falta de respuesta, la mujer interpuso un juicio contencioso administrativo, que fue desechado por la Sexta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Posteriormente, un amparo fue también rechazado por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, bajo el argumento de que no se había demostrado el daño moral.
LA NEGATIVA DEL IMSS
El IMSS se negó a realizar el pago, por lo que la víctima llevó el caso a los tribunales comenzando una larga batalla legal que se convertiría en una pesadilla hasta que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La víctima llevó el caso a la SCJN mediante un recurso de revisión. La Segunda Sala del máximo tribunal determinó que sí existió un daño moral, reconociendo que el propio IMSS admitió el error. La Corte argumentó que no siempre es necesaria la aportación de pruebas directas para acreditar un daño de este tipo, y que en este caso bastaba con los hechos para inferir el sufrimiento emocional y espiritual de la demandante.
«La entrega equivocada del cuerpo privó a la mujer de despedirse de su madre conforme a sus creencias, lo que constituye una violación a su libertad religiosa y a su derecho a un duelo digno», señala la resolución.
El 26 de marzo de 2025, casi cinco años después del fallecimiento de su madre, la SCJN falló a favor de la víctima.
¿CUÁNTO CUESTA NO RECIBIR EL CUERPO DE UNA MADRE MUERTA?
La Corte señaló, primero, que el propio IMSS reconoció su error al haber entregado el cuerpo de la madre de la demandante a otras personas y que eso es suficiente para probar que hubo una violación en los derechos de la demandante.
El máximo tribunal aseguró que no siempre es necesario aportar pruebas directas para acreditar un daño moral. En casos como este, puede inferirse sólo de los hechos probados.
La SCJN ordenó revocar la sentencia original que calificaba de infundada la demanda y exigió emitir una nueva, en la que se reconozca el daño moral y se cuantifique el monto de la indemnización que el IMSS deberá pagar.
El caso sienta un precedente relevante en la protección del derecho al duelo digno y al respeto de las creencias religiosas en contextos de negligencia institucional.
Ahora se deberá cuantificar el monto de la indemnización correspondiente que el IMSS le debe pagar a la víctima por daño moral.