El Gobierno de México ha impulsado desde el 2019 varios programas sociales dirigidos a beneficiar a los sectores más vulnerables de la población, especialmente a los adultos mayores y personas con discapacidad. En este contexto, se encuentran las Pensiones para el Bienestar, tres programas esenciales para mejorar la calidad de vida de los mexicanos más necesitados.
Estos programas incluyen:
- Pensión para Adultos Mayores: Dirigida a personas de 65 años en adelante.
- Pensión para Personas con Discapacidad: Focalizada en personas con discapacidad permanente.
- Pensión Mujeres Bienestar: Implementada este año para beneficiar a las mujeres.
Todos estos programas entregan un apoyo monetario bimestral a través de la Tarjeta Bienestar, para garantizar que las personas puedan cubrir sus necesidades básicas y tener una vejez digna y plena.
¿Qué es una persona auxiliar y cómo registrarla?
En caso de que un derechohabiente (persona beneficiaria) no pueda gestionar su pensión por sí mismo, una persona auxiliar puede encargarse de todos los trámites en su nombre. Esta figura es esencial, especialmente para los adultos mayores o personas con discapacidad que no puedan realizar ciertos procesos por su cuenta.
Requisitos para registrar a una persona auxiliar:
- Ser mayor de edad (no es necesario que sea familiar directo del beneficiario).
- Notificar cambios de domicilio, extravío del medio de cobro, o cualquier incidencia relacionada con el pago de la pensión.
- En caso de fallecimiento del beneficiario, la persona auxiliar deberá informar inmediatamente.
Documentos necesarios para el registro de la persona auxiliar:
Los módulos del Bienestar son los encargados de realizar el registro, y se requieren los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento de la persona auxiliar.
- Identificación oficial vigente (INE, INAPAM, pasaporte).
- Comprobante de domicilio (no mayor a 6 meses).
- Teléfono de contacto.
Calendario de pagos de las Pensiones para el Bienestar (bimestre julio-agosto)
La titular de la Secretaría del Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, dio a conocer el calendario oficial para el pago de las pensiones del bimestre julio-agosto. Los pagos se realizarán del 1 al 24 de julio, de manera ordenada según la primera letra de la CURP de cada beneficiario. Aquí están las fechas:
- Letra A: martes 1 de julio
- Letra B: miércoles 2 de julio
- Letra C: jueves 3 y viernes 4 de julio
- Letra D, E, F: lunes 7 de julio
- Letra G: martes 8 y miércoles 9 de julio
- Letra H, I, J, K: jueves 10 de julio
- Letra L: viernes 11 de julio
- Letra M: lunes 14 y martes 15 de julio
- Letra N, Ñ, O: miércoles 16 de julio
- Letra P, Q: jueves 17 de julio
- Letra R: viernes 18 y lunes 21 de julio
- Letra S: martes 22 de julio
- Letra T, U, V: miércoles 23 de julio
- Letra W, X, Y, Z: jueves 24 de julio
Si tienes dudas o necesitas aclaraciones adicionales sobre el programa, puedes contactar a la Línea Bienestar al 800 639 42 64 o consultar sus canales oficiales