Niega Bienestar pago a dos niños con síndrome de Down
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Niega Bienestar pago a dos niños con síndrome de Down

Pese a dos amparos interpuestos, la madre de los menores ha sido ignorada desde hace años


Niega Bienestar pago a dos niños con síndrome de Down | El Imparcial de Oaxaca
Las víctimas son de escasos recursos.

A finales del 2019, la madre de los niños identificados con las iniciales W. Z. S. y R.S.Z.S, ambos con síndrome de Down, originarios de Pinotepa Nacional, acudió a la mesa de atención de Bienestar para cobrar el apoyo económico para sus dos hijos, situación que no fue posible, pues según los servidores de la nación su pago no había salido y tenía que esperar hasta próxima fecha de pago, situación que persistió durante 2020, 2021 y 2022,  e incluso le pidieron que metiera sus papeles de nuevo en repetidas ocasiones, sin respuesta alguna del porqué sus pagos no llegaban.

En mayo del 2022, a través de su abogado, en representación de los niños W. Z. S. y R.S.Z.S se interpusieron dos amparos en contra de la Dirección de Atención a Grupos Prioritarios; de la delegada estatal de la Secretaría del Bienestar en Oaxaca, Nancy Ortiz Cabrera; así como del delegado de Bienestar en Pinotepa Nacional, Gonzalo González Silva, esto, ante la falta de pago del programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente.

En noviembre de 2022 y enero de 2023, los Juzgados Segundo y Noveno de Distrito en el Estado de Oaxaca, determinaron que ambos niños fueron dados de baja del Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas  con Discapacidad sin causa justificada, así también, que en ningún momento se les hizo de conocimiento dicha baja, violentando su derecho a recibir una pensión no contributiva a cargo del Estado, por estas razones, ambos Juzgados otorgaron el Amparo y Protección Federal, para efecto de que las autoridades hicieran lo siguiente:  Reincorporar inmediatamente a ambos niños al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad.

Así como realizar los pagos pendientes que comprenden desde el bimestre septiembre-octubre 2019 hasta el momento de su reincorporación.

A pesar que ambas sentencias evidenciaron la violación a los derechos humanos de dos niños con síndrome de Down que viven en situación de pobreza, los funcioanrios arriba mencionados se negaron a cumplir dicha sentencia, interponiendo recursos de revisión para no reincorporar y realizar los pagos retroactivos del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente.

Con ello se cumplen más de tres años sin recibir pago alguno, ignorando la finalidad de dicho programa, la cual es mejorar el ingreso monetario y contribuir a lograr la vigencia efectiva de los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas indígenas y afromexicanas y personas adultas con discapacidad, así como eliminar la marginación, la discriminación y el racismo de las y los mexicanos con discapacidad.


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