El aguinaldo es una prestación obligatoria según el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que debe ser entregado a más tardar el 20 de diciembre. Sin embargo, en caso de que un trabajador no reciba su aguinaldo antes de esta fecha, existen procedimientos establecidos para reclamarlo.
Los empleados tienen un plazo de un año para presentar su reclamación ante las instancias jurídicas competentes, con derecho a recibir al menos 15 días de salario mínimo. Si el aguinaldo no se deposita en la fecha acordada, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que se encargará de gestionar el proceso, dado que la ley estipula la obligación del empleador de cumplir con este pago en tiempo y forma.
En caso de incumplimiento, ya sea total o tardío, el patrón puede enfrentar multas. La Profedet también ofrece servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica para los trabajadores afectados.
¿CÓMO CALCULAR EL AGUINALDO?
El aguinaldo se calcula considerando el salario correspondiente a 15 días, y es importante recordar que se incluyen en este cálculo conceptos como vacaciones, licencias de maternidad y paternidad, descansos semanales e incapacidades.
Prevención de Estafas:
- Ante la proximidad del aguinaldo, la Policía Cibernética ha emitido recomendaciones para evitar fraudes:
- Verificar la autenticidad de los sitios web.
- Utilizar plataformas de pago seguras, como tarjetas prepago o virtuales de un solo uso.
- No ingresar credenciales ni datos bancarios en sitios sospechosos.
- Desconfiar de ofertas que parezcan demasiado buenas para ser verdad.
- Ignorar mensajes de texto que reporten cargos no reconocidos.
- Es fundamental que los trabajadores estén informados y preparados para reclamar sus derechos y protegerse de posibles estafas en esta temporada.