Al recibir la votación del pasado 2 de Junio personas no identificadas, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la votación de 34 casillas, no obstante al no modificarse el resultado, declaró válido el triunfo de las dos fórmulas al senado por el partido Morena encabezadas por Antonino Morales Toledo y Luisa Cortés García.
De igual manera validó la entrega de la constancia de asignación de la senaduría de Primera Minoría en Oaxaca, otorgada a la fórmula de candidaturas registradas por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Cabe recordar que la elección federal fue impugnada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN) y del Trabajo (PT), los petistas solicitaron la nulidad de la votación recibida en 690 casillas y el Albiazul, en 862 casillas por, supuestamente, haberse recibido por personas distintas a las facultadas o dado que las casillas fueron instaladas en un lugar distinto al autorizado.
Así mismo, el PT también solicitó la nulidad de la elección de senadurías de primera minoria (plurinominal) por violaciones sustanciales en la jornada electoral, consistentes en: a) vulneración a la veda electoral; b) uso ilegal de la figura del Presidente de la República para fines electorales; c) vinculación a la campaña de Claudia Sheinbaum Pardo y confusión en el electorado; d) utilización de programas sociales y recursos públicos; y e) rebase al tope de gastos de campaña.
No obstante, el pleno de la Sala Regional Xalapa desestimó los agravios relativos a la nulidad de la elección de senadurías al no existir elementos que probaran los hechos denunciados por ambos institutos políticos.
Pero, sí declaró la nulidad de la votación recibida en 34 casillas: 138-B1, 148-C2, 158-C1, 159-C1, 202-C3, 265-C1, 340-B1, 341-C1, 341-C2, 422-B1, 502-E1, 502-E1C1, 591-C1, 594-B1, 622-C1, 636-C1, 877-C1, 1018-E1, 1420-B1, 1427-C2, 1534-B1, 1534-C1, 1727-C5, 1727-C6, 1738-C1, 1841-C4, 2106-C1, 2201-C1, 2206-B1, 2206-C1, 2226-C1, 2533-C1, 2551-B1, 2583-B1, al acreditarse que la votación en esas casillas fue recibida por personas que no pertenecían a la respectiva sección electoral, puesto que sus nombres no fueron encontrados en los correspondientes listados nominales.
Dado lo anterior, se modificaron los resultados del cómputo distrital, solo que al no existir un cambio en la fórmula de candidaturas ganadoras, se validó la elección de senadurías de mayoría relativa y la asignación de la senaduría de primera minoría, al igual que, el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez respectiva.
Con los dos juicios de inconformidad listados en esta sesión pública, la Sala Regional Xalapa dio por concluida la sustanciación y resolución de los 163 juicios de inconformidad y los dos juicios ciudadanos presentados ante esta instancia federal para controvertir los resultados de los cómputos y la declaración de validez de las elecciones de senadurías y diputaciones del Proceso Electoral Federal 2024, llevado a cabo en la III Circunscripción Plurinominal —integrada por los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán—.
Y del total de juicios presentados en contra de tales elecciones federales, la Sala Regional analizó 8 mil 421 casillas por las causales de nulidad de votación recibida en casilla invocadas por diversos partidos políticos, de las cuales, anuló la votación recibida en 112 casillas.







































