Para los trabajadores mexicanos que planean su jubilación, conocer las reglas del sistema de pensiones es fundamental. Para disponer de la totalidad del dinero acumulado en la cuenta de Afore, es obligatorio cumplir con una edad mínima oficial y contar con el número requerido de semanas cotizadas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Actualmente, los derechos de los trabajadores se dividen en dos esquemas: el Régimen 73 y el Régimen 97. Cada uno cuenta con sus propias condiciones, trámites y opciones para retiros parciales en casos de emergencia.
EDAD MÍNIMA PARA PENSIONARSE EN MÉXICO
Sin importar el régimen, existen dos modalidades de edad legal para comenzar el trámite de pensión en el IMSS:
- Cesantía en edad avanzada: Se puede solicitar a partir de los 60 años, siempre y cuando el trabajador se encuentre desempleado o haya dejado de cotizar formalmente.
- Vejez: Aplica formalmente a partir de los 65 años, que es la edad legal de jubilación en el país.
SEMANAS COTIZADAS REQUERIDAS EN 2026: ¿LEY 73 O LEY 97?
El factor determinante para liberar los recursos de tu Afore radica en el año en que comenzaste a cotizar formalmente. Las diferencias en las semanas cotizadas son abismales:
| Régimen de Pensión | Fecha de Inicio de Cotización | Semanas Mínimas Requeridas |
| Régimen 73 | Antes del 1 de julio de 1997 | 500 semanas |
| Régimen 97 | Después del 1 de julio de 1997 | 875 semanas (en este año 2026) |
Nota importante para la Ley 97: Tras las reformas a la ley, las semanas cotizadas sufren un incremento progresivo de 25 semanas cada año. En este 2026 el mínimo es de 875 semanas, y continuará subiendo anualmente hasta alcanzar el tope de 1,000 semanas cotizadas en el año 2031.
PASO A PASO: ¿CÓMO SOLICITAR EL RETIRO TOTAL DE TU AFORE?
El proceso para disponer de tus recursos en efectivo varía según el régimen que te corresponda.
PARA EL RÉGIMEN 73
- Solicitud ante el IMSS: Acude de forma presencial a la Subdelegación del IMSS que te corresponda para realizar la Solicitud de Pensión.
- Respuesta del organismo: Una vez dictaminada tu situación y aprobada la modalidad de retiro, deberás presentarte en las oficinas de tu Afore.
- Entrega de documentos: Llena la solicitud de disposición de recursos y entrega tu papelería.
- Dispersión de capital: La Afore entregará tus recursos en un periodo no mayor a 6 días hábiles.
PARA EL RÉGIMEN 97
Debes acudir inicialmente a tu clínica del IMSS correspondiente para presentar la solicitud. Dependiendo de la modalidad elegida, el proceso cambia:
- Renta Vitalicia: Deberás seleccionar una de las aseguradoras disponibles para activar tus pagos vitalicios mensuales.
- Retiro Programado o Pensión Garantizada: Tendrás que presentarte directamente en los centros de atención de tu Afore para calendarizar la dispersión de tus mensualidades.
Documentos oficiales obligatorios (Ambos regímenes)
- Identificación oficial vigente con fotografía.
- Estado de Cuenta reciente de la Afore.
- Estado de cuenta bancario (no mayor a 3 meses) que muestre tu nombre completo y la CLABE interbancaria de 18 dígitos.
- Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (emitido por tu Afore).
Retiros parciales de la Afore antes de la jubilación
Existen escenarios extraordinarios donde la ley permite disponer de una parte de tus ahorros antes de cumplir la edad de retiro. Los dos esquemas vigentes son:
- Retiro parcial por desempleo
- Tener un mínimo de 46 días naturales en situación de desempleo (contados a partir de la baja formal en el IMSS).
- La cuenta individual de Afore debe tener al menos 3 años de apertura y contar con un mínimo de 2 años de cotización acumulada.
- No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores.
- Retiro parcial por matrimonio
Este beneficio es un apoyo económico equivalente a 30 días de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente. Solo se puede solicitar una vez en la vida y tiene la gran ventaja de que no descuenta semanas cotizadas de tu historial laboral.
- Tener al menos 150 semanas cotizadas bajo la Ley 97.
- Haber contraído matrimonio civil de manera formal con fecha posterior al 1 de julio de 1997.











































