La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), María Estela Ríos González, se encuentra en el centro de la polémica luego de realizar una declaración relacionada con las personas nacidas mediante fecundación in vitro, lo que generó críticas y debate en redes sociales.
El tema surgió después de que circulara un video en plataformas digitales donde la ministra, durante una intervención pública, mencionó que quienes nacen mediante este procedimiento “a lo mejor” podrían no ser considerados parte de la familia. La frase fue interpretada por usuarios como una postura excluyente respecto a los distintos modelos familiares.
Reacciones en redes sociales
Tras difundirse el fragmento del video, la declaración generó una ola de comentarios y cuestionamientos. Diversos usuarios señalaron que ese tipo de afirmaciones resulta problemática en un país donde la legislación reconoce la diversidad familiar y protege los derechos de todas las personas sin distinción.
Algunos internautas también recordaron que en México la Constitución establece que nadie puede ser discriminado por condiciones de nacimiento, por lo que consideraron que el planteamiento expresado por la ministra contradice los principios de igualdad.
Además, en las plataformas digitales surgieron críticas hacia la funcionaria por su interpretación del concepto de familia, mientras otros usuarios cuestionaron su trayectoria y la forma en que llegó al máximo tribunal del país.
Lo que establece la Constitución
La discusión también llevó a mencionar lo establecido en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo 1 señala que todas las personas en el país gozan de los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales, además de prohibir cualquier forma de discriminación que atente contra la dignidad humana.
Entre los motivos que no pueden ser utilizados para discriminar se encuentran el origen, el género, la edad, la condición social, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales o cualquier otra circunstancia que limite derechos y libertades.
Por su parte, el artículo 4 establece que mujeres y hombres son iguales ante la ley y que el Estado debe proteger la organización y el desarrollo de las familias. Este mismo artículo reconoce derechos relacionados con la reproducción y la vida familiar, así como la obligación de garantizar el interés superior de la niñez.
Especialistas y usuarios en redes han señalado que el marco constitucional mexicano no limita el concepto de familia a un modelo único, sino que reconoce su diversidad y busca garantizar la protección de los derechos de todas las personas, independientemente de la forma en que hayan nacido.



































