Se habla demasiado sobre el ministro Pérez Dayan, del Poder Judicial de la Federación, y debemos entender que la Acción de Inconstitucionalidad es un mecanismo de control que sirve para expulsar del orden jurídico las normas generales que sean contrarias a la Constitución, o a los Tratados Internacionales de los cuales nuestro país es parte.
¿Cómo se aplican las acciones de inconstitucionalidad?
Las acciones de inconstitucionalidad pueden ser promovidas por los legisladores y las legisladoras federales o locales o, quienes conformen una minoría parlamentaria que represente al menos el 33% del total de quienes integran el órgano que haya expedido la norma que se impugna.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la presente Acción de Inconstitucionalidad y, por lo tanto, no se da el supuesto de improcedencia previsto en el artículo 19, fracción II de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional.
Un ejemplo sería un artículo que prohibiera a las mujeres trabajar violentaría el derecho a la igualdad y la libertad de trabajo, y podría impugnarse a través de una acción de inconstitucionalidad sin necesidad de que una mujer en concreto probara que no la han contratado en un trabajo por ser mujer.
Que luego de votar a favor de la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diversos partidos políticos en contra de la reforma judicial, con 7 votos a favor y 4 en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró un receso para analizar si se necesitan de ocho o seis votos para aprobar el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Esto ocurrió luego de que cuatro ministras y ministros expresaron que votarían en contra de la propuesta, por lo que no alcanzarían la mayoría calificada para avalar el proyecto que busca invalidar parcialmente la reforma judicial.
Las ministras que votaron en contra de la procedencia del asunto fueron Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, todas propuestas por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador para ocupar un lugar en la Corte, pero con el sorpresivo voto en contra del también ministro Alberto Pérez Dayán.
Y es que, a diferencia del proyecto de sentencia elaborado por el ministro Alcántara Carrancá, el ministro Pérez Dayán señaló que la reforma judicial no puede ser catalogada como una “ley electoral federal”, por lo tanto, no puede ser invalidada por la Corte.
“Por más que me traté a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez que evade irresponsable al texto supremo, con otra insensatez equivalente al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad”, dijo.
De esta forma, Pérez Dayán consiguió que el proyecto del ministro Carrancá —que proponía invalidar parcialmente la reforma judicial— se tambalee, pues si no se alcanzan los votos, el proyecto, en parte o integralmente, se desestima. Es decir, no es que se determine que la reforma es constitucional, sino que ésta permanece intacta porque no prosperó el proyecto de inconstitucionalidad.
Por su parte, la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, dijo que “La Suprema Corte se está sobrepasando de sus funciones; al intentar cambiar una decisión tomada por el Congreso, y señaló al ministro González Alcántara Carrancá por “poner en duda la reforma constitucional”.
Lo cierto es que la Reforma al Poder Judicial entraña un cambio de estructuras y de representaciones de jueces, magistrados, ministros. En el pasado hubo cambios en el Poder Judicial por el partido en el poder que era el PRI; ahora, con los cambios que ha hecho Morena en el poder se establecen nuevas reglas del juego político y administrativo, nuevas reglas de juego democrático sin que el discurso se desvíe en Autoritarismo, o bien, se extermine la Democracia o se vulnere la Constitución como profesan personas aludidas al cambio democrático que inicia este sexenio gubernamental, no se puede hablar de Dictadura, tampoco de destrucción del Estado Constitucional de Derecho, mucho menos de caprichos de poder, los nuevos equilibrios de poderes están en marcha y dudo mucho que puedan regresar al pasado con los privilegios que les han quitado en favor del pueblo a los poderosos de siempre.
Se inició reformando el poder quitando los Fideicomisos, la elección en tómbola, la reforma a nepotismos y privilegios, ahora la reforma Judicial en duda constitucional, el Congreso de la Unión no puede soslayarse, como tampoco la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que, por otra parte, son mexicanos quienes pueden gobernarnos y no extranjeros, cada juego de poder trae consigo un discurso nuevo, de ataque de un poder contra otro, mientras del pueblo, los más preparados anhelando poder servir como jueces, magistrados o ministros, el pueblo mismo, esperando tener la oportunidad de que les den Justicia Federal, que bien pudiera obtenerlo sin que se haga más elitista el servicio judicial y finalmente las clases más desprotegidas que han querido Justicia Social que nunca llega a las clases menos privilegiadas.