Aunque desde noviembre de 2024, el congreso local aprobó la creación de la Ley Estatal de Protección y Bienestar Animal, representantes de colectivos y protectoras de animales afirman que cuenta con nulos alcances.
La norma prohíbe el maltrato animal y establece sanciones a quienes incurran en actos de crueldad hacia los animales, sin embargo, no se establece alguna prohibición para ser utilizados en espectáculos públicos o privados.
“En casos como jaripeos y peleas de gallos o los que algunas organizaciones consideran como usos y costumbres, se limita en señalar que los municipios tienen la obligación de supervisar, vigilar o en su caso autorizar estas prácticas cuando realmente se incurre en prácticas de crueldad animal”, señaló la asesora en temas legislativos y activista Yolanda Zaragoza.
Detalló que desde hace más de 10 años, diversos colectivos y asociaciones civiles protectoras de animales han buscado el bienestar animal impulsando la prohibición de las peleas de gallo, sin embargo, ante las manifestaciones que llevaron a cabo grupos de ganaderos y galleros, la norma se limitó en reconocer el uso cultural de los animales.
En uno de los capítulos añade que el uso cultural de los animales en sus prácticas cotidianas, fiestas y tradiciones de los pueblos originarios y afromexicanos, las mismas no se consideran infracciones a la ley, y deberán de manera paulatina y sistemática dar cumplimiento a las disposiciones en materia de protección y bienestar animal, a través de procesos de capacitación y sensibilización por conducto de las autoridades competentes.
“En el tema de los jaripeos también existe una limitante para el cuidado real de los animales porque se deja a consideración de los municipios para que vigilen que estén con los cuidados correspondientes, cosa que no hacen los municipios”, destacó.
En este sentido, en uno de los párrafos se establece que en espectáculos como charrerías, jaripeos, carrereas o cabalgatas, se deberá garantizar a los animales el confort, alimentación e hidratación y en ningún caso serán sometidos en jornadas exorbitantes que rebasen las 8 horas.