En mayo, voto anticipado de personas en prisión preventiva
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En mayo, voto anticipado de personas en prisión preventiva

Sustenta TEEO dictamen de protección al voto con presunción de inocencia de quienes esperan sentencia


Foto: TEEO // Demanda el TEEO reformas legales para garantizar el derecho al voto activo de personas en prisión preventiva.
Foto: TEEO // Demanda el TEEO reformas legales para garantizar el derecho al voto activo de personas en prisión preventiva.

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) dio vista al Congreso del Estado para que realice las reformas necesarias en las normativas locales, que garanticen el derecho al voto activo para personas en prisión preventiva en el proceso electoral local.

Y es que el Instituto Nacional Electoral (INE) llevará a cabo la votación anticipada de las personas en prisión preventiva -sin sentencia condenatoria-, correspondiente al Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, del 6 al 20 de mayo del presente año.

Lo anterior, en atención al principio de presunción de inocencia y a fin de maximizar el ejercicio de los derechos humanos en su vertiente político-electoral de votar.

Conforme a estos Lineamientos, las personas recluidas interesadas en participar en las elecciones  debieron cumplir con estar inscritas en la Lista Nominal de Electores y no tener suspendidos sus derechos político-electorales por sentencia condenatoria.

Además, estar en el supuesto de medida cautelar bajo prisión preventiva en algún centro penitenciario del territorio nacional, considerado para el ejercicio de este voto, y manifestar su intención de ejercer su derecho al sufragio por la vía presencial anticipada.

 

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Es importante mencionar que en el estado se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que en febrero de 2019 determinó que las personas en recluidas en centros penitenciarios que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar.

Al menos 2 mil 913 personas en prisión preventiva en Oaxaca podrán sufragar en la segunda semana de mayo del 2024, para la elección de presidente de la República.

Los centros de reclusión que participan son; Tanivet (varonil y femenil), Tehuantepec, Etla, Miahuatlán, Juquila, Cuicatlán y Tuxtepec, mismas que, según las autoridades cumplen con las condiciones de seguridad e infraestructura requeridas.

Por lo cual, vinculó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) para que, en caso de inacción del órgano legislativo, reglamente el ejercicio de este tipo de votación en las próximas elecciones.

El Órgano Jurisdiccional Local explicó que un grupo de personas privadas de su libertad hizo solicitudes al IEEPCO relacionadas con el derecho al voto activo en el proceso electoral local concurrente.

 

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No obstante,  el consejo general del Instituto respondió que carecía de facultades para regular la implementación de este tipo de voto, aunado a que existen limitaciones normativas, operativas y presupuestarias.

Los demandantes argumentaron la vulneración de su derecho al voto activo en las elecciones locales, ya que consideraban que el Consejo tenía margen para maximizar su derecho al voto mediante la implementación de mecanismos adecuados.

El pleno del TEEO reconoció que el Consejo General tiene razón al afirmar que actualmente enfrenta dificultades operativas y presupuestales para implementar los mecanismos que garanticen este tipo de votación, dada la complejidad técnica del proceso y la participación de diversas áreas del Instituto Nacional Electoral, órganos administrativos locales y autoridades penitenciarias.

Sin embargo, aclaró que no tiene razón al afirmar que está imposibilitado normativamente para implementar el voto de personas en prisión preventiva, ya que esta modalidad de sufragio está respaldada constitucional y convencionalmente.


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