Reinstala TEPJF a presidenta del IEEPCO
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Oaxaca

Reinstala TEPJF a presidenta del IEEPCO

Elizabeth Sánchez González podrá interponer denuncias por violencia política  


Foto: Archivo El Imparcial // La Sala Superior del TEPJF, ordena la reinstalación de Elizabeth Sánchez González como consejera presidenta del IEEPCO.
Foto: Archivo El Imparcial // La Sala Superior del TEPJF, ordena la reinstalación de Elizabeth Sánchez González como consejera presidenta del IEEPCO.

Al carecer la Contraloría del Organismo Público Local Electoral de Oaxaca de facultades para determinar la suspensión de la consejera presidenta, Elizabeth Sánchez González, por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó su reinstalación inmediata.

A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, el pleno del TEPJF dejó sin efecto el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) por el cual designó a un presidente interino, además de solicitar la notificación al Congreso local y al propio Órgano Interno de Control (OIC).

Con lo cual, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo de medidas cautelares dictado por la Contraloría del OPLE de Oaxaca, que implicaba la separación temporal del cargo de Elizabeth Sánchez González como consejera presidenta.

Lo anterior luego de que fuera suspendida de manera provisional por la Contraloría interna, al detectar supuestamente presuntos desvíos de recursos por cerca de 20 millones de pesos.

La Contraloría inició un procedimiento de responsabilidad administrativa, no obstante, en desacuerdo con dicha determinación, la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) y la propia consejera presidenta del OPLE acudieron a la Sala Superior a interponer sendos recursos.

 

 

Los magistrados electorales aclararon que si bien la Contraloría tiene competencia para sustanciar procedimientos administrativos contra las personas consejeras del Instituto local, no tiene facultades para dictar la medida cautelar de suspensión del cargo.

De paso, se revocó el acuerdo por el que se designó a una presidencia provisional, debido a que, conforme a la normatividad aplicable, únicamente el Consejo General del INE puede nombrar y remover a las consejerías de los OPLES.

Por lo que, determinar la suspensión en el ejercicio del cargo de manera indefinida era un equivalente a separarla de éste en pleno desarrollo del proceso electoral local para la elección de diputados locales y presidentes municipales.

Los magistrados dejaron a salvo los derechos de la consejera presidenta para que ejerza las acciones que considere pertinentes en relación con los posibles actos de violencia política de género cometidos en su perjuicio (SUP-JE-1450/2023 y SUP-JDC-371/2023, acumulados).

Asimismo, el TEPJF ordenó dar vista al Congreso de Oaxaca, al Órgano Interno de Control (OIC), además de que se deberá notificar el sentido de la sentencia al Juez Primero de Distrito del Estado de Oaxaca y a la Sala Especializada del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca.

 

 


aa

 

Relacionadas: