Urge revisión de medidas cautelares, dicen abogados
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Urge revisión de medidas cautelares, dicen abogados

La prisión preventiva oficiosa, en algunos casos, es detonante de violaciones a las garantías individuales


Urge revisión de medidas cautelares, dicen abogados | El Imparcial de Oaxaca

Abogados de Oaxaca coincidieron en que el Estado Mexicano debe revisar a fondo la aplicación de la figura de prisión preventiva oficiosa, al ser en algunos casos detonante de violaciones a las garantías individuales de las personas.

En entrevista para EL IMPARCIAL, el presidente de la Barra Nacional de Abogados capítulo Oaxaca, Juan José Meixueiro Orozco, precisó que si una persona imputada lleva más de dos años en prisión preventiva, se debe poner en libertad.

Por lo cual, saludó la determinación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre las medidas cautelares de preventiva oficiosa y el arraigo, al ser violatorias del principio de presunción de inocencia.

“El Estado Mexicano está obligado a efectuar adecuaciones normativas en el tema de prisión preventiva y arraigo, al ser violatorias de derechos humanos; van en contra de la Convención Americana de Derechos Humanos de la que México es parte”.

El abogado dijo que México es uno de los pocos países que tiene contempladas dichas figuras y que aparte de ser inquisitorias, son violatorias de las garantías individuales, como ocurre con muchos casos.

“Ya no digamos procesos penales bajo la figura de la prisión preventiva oficiosa, es un avance sustancial y se gana en cuanto a garantizar el respeto a los derechos primordiales de las personas”, subrayó.

A su vez, la abogada litigante Alma Franco Vargas, enfatizó que toda persona debe tener claro que la ley se debe ejercer y hacer valer los derechos y recursos legales para obtener la libertad.

Mencionó que es un derecho, el que se presuma la inocencia del imputado, toda vez que no se pueden condenar en los medios, al desconocerse las investigaciones para ubicar al culpable.

“Los ciudadanos deben saber que la prisión preventiva oficiosa es revisable, es inconvencional y ya declarada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”, dijo.

Todo imputado tiene derecho a solicitar la revisión de las medidas cautelares de la prisión preventiva oficiosa o justificada y si dar el arraigo domiciliario, tengo ese derecho, afirmó.

La prisión preventiva oficiosa es el recurso legal con el que se puede encarcelar a las personas inculpadas por un crimen grave sin un juicio y sin sentencia.

Y la prisión preventiva justificada, es una medida cautelar en la que con una serie de evidencias se puede concluir que, efectivamente, la libertad del imputado implicaría un riesgo para la procuración e impartición de justicia.

La CIDH habla de una arbitrariedad y que no se aplique, por inconvencional la prisión preventiva en México, “veo que los jueces locales son más miedosos, que los jueces federales”, añadió.

En tanto, la abogada litigante, Jessica Cortés Ruiz, consideró fundamental que quienes integran el Poder Judicial sea estatal o federal, no ceden a presiones de ningún tipo, dado que en ocasiones los atrapa la presión social o de otros medios.

Comentó que los mandatos judiciales se deben cumplir por parte de los órganos encargados, a lo largo de mi carrera me han tocado casos en los que no se está de acuerdo en las decisiones.

Enfatizó que las decisiones de un juez que ya hayan causado estado deben cumplirse “pese a que en lo personal no nos guste o no estemos de acuerdo con la determinación”.

Cortés Ruiz expuso que las órdenes judiciales se deben acatar, una vez que causan estado y a pesar de que el Ejecutivo no esté de acuerdo se tienen que cumplir, dado que el Poder Judicial federal tiene la forma de hacerlos cumplir.

Advirtió que en caso de desacato, el mismo Poder Judicial tiene las atribuciones necesarias para imponer multas, pero cuando ya son desacatos mayores pueden destituirlos de sus cargos o iniciar carpetas de investigación.


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