Ordenan emitir convocatoria para contralor del IEEPCO
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Ordenan emitir convocatoria para contralor del IEEPCO

A punto de cumplir un año de plazo para salida del titular


Foto: IEEPCO / El Consejo General del IEEPCO evaluó a personas propuestas para ocupar la secretaría ejecutiva, dos direcciones ejecutivas y una unidad técnica; del contralor, nada.
Foto: IEEPCO / El Consejo General del IEEPCO evaluó a personas propuestas para ocupar la secretaría ejecutiva, dos direcciones ejecutivas y una unidad técnica; del contralor, nada.

El pleno del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca urgió al Congreso de Oaxaca emitir la convocatoria para  la designación del titular de la Controlaría General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), dado el letargo para efectuarla.

A través de la resolución del juicio ciudadano JDC/56/2023, por unanimidad, los magistrados declararon fundado el agravio hecho valer por el ciudadano Joel Alberto López Rodríguez, porque, a la fecha, no se ha emitido la convocatoria, a pesar que, desde el 11 de abril de 2022 concluyó el periodo de quien funge como titular de la citada Contraloría.

El TEEO detalló que desde el 10 de abril de 2019, mediante decreto 630 la LXIV Legislatura local, designó al titular de la Contraloría del IEEPCO, por un periodo de tres años.

Sin embargo, agrega esta sentencia,  el Congreso local no justificó la imposibilidad jurídica o material para emitir la convocatoria para la designación de dicho cargo.

Con lo cual, el Órgano Jurisdiccional local desestimó las causales de improcedencia expuestas por el Congreso de Oaxaca, porque el actor sí tiene interés jurídico para incoar el juicio, pues lo que reclama es la omisión de la emisión de la convocatoria para designar al Titular de la Contraloría General del IEEPCO, ya que cuenta con el interés de participar en dicho proceso, y para éste solo se necesita la calidad de ciudadano.

Y  refirió que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha establecido que las controversias relacionadas con la normativa que prescribe el nombramiento del Titular del órgano interno de control de un organismo público local electoral son de la competencia de los tribunales electorales de la entidad correspondiente, de ahí que se considera que este Tribunal sí cuenta con facultades para conocer y resolver la controversia.

Mientras tanto, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JNI/14/2023 que, a su vez, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-367/2022 del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC) que declaró válida la elección ordinaria de concejales del ayuntamiento de San Sebastián Tutla, para el periodo de 2023-2025.

Las magistraturas desestimaron los planteamientos de la parte actora, relacionados con la inegibilidad de un ciudadano como presidente municipal por incumplir con el requisito de ser originario y nativo del citado municipio.

Toda vez que, si bien no nació en dicho municipio, cuenta con un vínculo personal y familiar con la comunidad, así como, al formar parte de ella, tiene un sentido de pertenencia a ésta, lo que lo hace elegible para desempeñarse en el cargo por el que fue electo.

Aunado a que, la elección se realizó conforme al sistema normativo de la comunidad y quien resultó electo fue reconocido como elegible por la Asamblea General Comunitaria.


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