La herencia es un concepto que involucra la transmisión de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida (el causante) a sus herederos. Este proceso es parte del derecho civil y se regula bajo el Código Civil Federal (CCF), en su artículo 1281, que establece que los bienes del difunto, junto con las obligaciones que no se extinguen con la muerte, pasan a los herederos según lo estipulado en la ley o en un testamento.
EL PROCESO DE HERENCIA Y SUS IMPLICACIONES LEGALES
Al momento de una defunción, lo primero que se determina es cómo se distribuirán los bienes del fallecido. Si no hay testamento, los bienes se distribuirán conforme a las leyes de sucesión, que indican cómo se reparte la propiedad, dinero, deudas, acciones y otros activos. Si el fallecido dejó un testamento, entonces las distribuciones se realizarán conforme a lo que haya dispuesto.
LA HERENCIA A TRAVÉS DE FIDEICOMISOS: UNA ALTERNATIVA
Además de los testamentos, existe otro mecanismo legal para la transmisión de bienes: el fideicomiso. El fideicomiso es un contrato en el que el fideicomitente (la persona que transmite sus bienes) otorga sus bienes, derechos o activos a un fiduciario, quien tiene la responsabilidad de administrarlos y distribuirlos conforme a las condiciones pactadas, y en beneficio de los beneficiarios del fideicomiso.
Este recurso permite una gestión más organizada de los activos, asegurando que los bienes sean administrados adecuadamente, incluso después de la muerte del fideicomitente. Los bienes colocados en el fideicomiso quedan fuera del patrimonio del fiduciario, protegiéndolos en caso de problemas financieros o legales que éste pudiera enfrentar.
El fideicomiso también permite planificar la administración de los bienes con anticipación, asegurando que los recursos estén disponibles para cubrir las necesidades económicas de los herederos. Además, facilita la transmisión de propiedades sin que se incurra en un gasto adicional en caso de que los herederos decidan vender alguna propiedad heredada.
IMPUESTOS Y GASTOS AL HEREDAR
Un aspecto importante a considerar al heredar bienes es el tema de los impuestos. Según el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las herencias no están sujetas a este impuesto. Es decir, si recibes dinero, joyas, vehículos, obras de arte u otros bienes, no tendrás que pagar el ISR por esos activos.
Sin embargo, esto no se aplica de la misma manera si el heredero recibe inmuebles, como casas, departamentos o terrenos. En este caso, se deberá pagar un impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles, que varía entre el 3 y el 5 por ciento del valor total del bien.
Otro aspecto a considerar son los adeudos que puedan existir en los servicios públicos de la propiedad heredada, como agua, luz o predial. Estos deben ser cubiertos por el heredero para poder tomar posesión completa de los bienes.
EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE LA HERENCIA
Aunque la herencia en sí no conlleva impuestos, los procesos administrativos relacionados con la apertura de testamentos pueden implicar ciertos gastos. Estos incluyen honorarios notariales, pagos por gestorías y el costo de inscribir la herencia en el registro público de la propiedad. Los costos dependerán de la ubicación y del notario que se encargue del proceso.
En resumen, la herencia es un derecho que se puede planificar de manera anticipada a través de testamentos o fideicomisos, lo que garantiza que los bienes sean gestionados de acuerdo con los deseos del fallecido. Además, si bien el proceso de heredar no conlleva impuestos directos, es importante tener en cuenta otros aspectos fiscales y administrativos que podrían generar costos adicionales, como el pago por la adquisición de inmuebles y la regularización de deudas en servicios públicos.