Conseguir un empleo formal en México podría dejar de estar condicionado a la presentación de la carta de no antecedentes penales. Una iniciativa presentada en el Senado de la República propone modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para frenar la solicitud indiscriminada de este documento en los procesos de contratación, permanencia o ascenso laboral.
La propuesta, impulsada por el senador Juan Carlos Loera de la Rosa, contempla adicionar la fracción XVII Ter al artículo 133 de la LFT. El objetivo principal es evitar que tener un antecedente se traduzca en una barrera automática de discriminación, especialmente cuando dicha información no guarda relación directa con las funciones del puesto.
¿YA ES OFICIAL LA ELIMINACIÓN DE LA CARTA DE ANTECEDENTES PENALES?
No. Al 7 de agosto de 2026, esta medida es solo una iniciativa en proceso legislativo y no una reforma vigente. La Ley Federal del Trabajo, cuya última modificación publicada corresponde al 14 de mayo de 2026, no incluye aún esta prohibición. Para que la norma entre en vigor y sea obligatoria para los patrones, debe cumplir con el trayecto institucional completo:
- Aprobación en las comisiones y el Pleno del Congreso.
- Remisión al Ejecutivo Federal.
- Publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
EXCEPCIONES: ¿EN QUÉ CASOS SÍ SE PODRÁ SOLICITAR?
Incluso si la reforma llega a aprobarse, la carta de antecedentes penales no desaparecerá por completo del ámbito laboral. La iniciativa contempla excepciones justificadas bajo la Ley Nacional de Ejecución Penal:
- Puestos donde una disposición legal previa exija expresamente el documento.
- Ingreso a instituciones de seguridad pública o privada.
- Selección para determinados cargos públicos.
- Empleos donde la naturaleza del trabajo, el riesgo o el interés público justifiquen de manera proporcional evaluar estos antecedentes.
Objetivo de la reforma: Evitar que la carta sea una exigencia predeterminada de Recursos Humanos para vacantes comunes donde el historial penal no influye en las capacidades del trabajador.
EL TRASFONDO: REINSERCIÓN SOCIAL Y DERECHO AL TRABAJO
Uno de los pilares de la propuesta se fundamenta en la Constitución Mexicana, la cual prohíbe la discriminación y respalda el derecho a dedicarse a una profesión u oficio lícito.
Solicitar este documento de forma automática suele provocar que un candidato sea descartado sin valorar su experiencia, conocimientos o habilidades. Además, una constancia no siempre refleja la gravedad o las circunstancias específicas del caso, afectando directamente la reinserción social a través del trabajo formal.
UN DEBATE RECURRENTE EN EL CONGRESO
La discusión sobre este tema no es completamente nueva:
- Diciembre de 2021: Se aprobó un primer dictamen en comisiones del Senado para restringir la exigencia de este documento.
- Octubre de 2023: El Pleno del Senado aprobó con 69 votos a favor un proyecto similar y lo turnó a la Cámara de Diputados.
- Situación actual: Al no concretarse en su momento dentro del texto de la LFT, la nueva propuesta busca reactivar la materia en la agenda legislativa.
IMPACTO PARA EMPRESAS Y TRABAJADORES SI SE APRUEBA LA LEY
Si la reforma es avalada finalmente por el Congreso, el panorama laboral cambiaría de la siguiente forma:
| Para las Empresas y Recursos Humanos | Para los Trabajadores y Candidatos |
| Deberán actualizar sus convocatorias, formularios y procesos de reclutamiento. | Tendrán un respaldo legal claro ante exigencias desproporcionadas de contratación. |
| No podrán exigir la carta por simple política interna o de manera automática. | Facilitará la reincorporación laboral de personas que ya cumplieron una sentencia. |
| Mantienen la libertad de evaluar experiencia, referencias, capacidades y entrevistas. | No elimina la evaluación técnica ni la verificación de competencias profesionales. |
Estatus del trámite: Por el momento, las empresas en México continúan operando bajo el marco legal vigente, a la espera de que el Congreso retome el análisis y votación de este proyecto.











































