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Rompen dos días de mala calidad del aire

El Estado, principal responsable de vigilar y sancionar la contaminación ambiental


Foto: Adrián Gaytán // Aún ayer la mañana se observaba brumosa luego de dos días de mala calidad del aire en la zona metropolitana de la ciudad de Oaxaca.
Foto: Adrián Gaytán // Aún ayer la mañana se observaba brumosa luego de dos días de mala calidad del aire en la zona metropolitana de la ciudad de Oaxaca.

Aunque en el ayuntamiento capitalino existe un procurador ambiental y sí se han emitido recomendaciones y sanciones, la Secretaría de Medio Ambiente y Cambio Climático señala que la principal responsabilidad de vigilar y sancionar la contaminación ambiental recae en las dependencias estatales, entre ellas la Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad.

Asimismo, aclaró que es su par estatal la facultada para monitorear la calidad del aire, operar los centros de verificación vehicular y para sancionar. En su sitio web, la dependencia estatal incluso contiene información sobre la obligatoriedad de las verificaciones, al señalar que la principal fuente aportadora de emisiones a la atmósfera en la Zona Metropolitana de Oaxaca (ZMO) son los vehículos. Y que estas emisiones (por ejemplo, de monóxido de carbono y nitrógeno) afectan a la salud humana y del medio ambiente.

Sin precisar el número de apercibimientos y sanciones aplicadas en la materia en 2023, Elsa Ortiz Rodríguez, secretaria de Medio Ambiente y Cambio Climático, refirió que desde el ayuntamiento se han visitado pequeños comercios de la industria de alimentos en los que se usa leña u hornos para apercibirlos de que estos sean adecuados y no representen tanto daño a la salud.

 

Foto: Adrián Gaytán // De manera impune, los transportistas contribuyen a la contaminación del aire.

 

También dijo que en materia de movilidad, corresponden a la Secretaría de Movilidad (Semovi) y a la de Medio Ambiente revisar lo concerniente a los vehículos. Desde el municipio, refirió que la dirección de Movilidad, adscrita a otra secretaría, solamente puede remitir los casos al estado.

De acuerdo con el artículo 37 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca, corresponde a la Semovi: “diseñar y proponer alternativas a las autoridades municipales, que permitan una mejor utilización de las vías públicas, agilizar el tránsito, disminuir los índices de contaminación ambiental y el respeto a la circulación de peatones y ciclistas”, además de “promover la utilización de fuentes alternativas de energía para los servicios de transporte, y la utilización de medios de transporte no contaminantes”.

Sin embargo, al señalar que los ayuntamientos tendrán a su cargo la vigilancia de la movilidad, tránsito y vialidad en las vías públicas de jurisdicción, la ley también refiere que deben de fomentar la creación y adecuación de la infraestructura que permitan el empleo de la bicicleta como medio de transporte alternativo al automóvil y no contaminante.

El mismo reglamento explica en su artículo 54 que la antigüedad máxima de “los vehículos del servicio público de pasajeros en su modalidad colectivo” será de 10 años. Es decir, aquellos que sean del transporte urbano, foráneo, metropolitano, urbano o turístico.

 

Presentan denuncia por el incendio del sábado

 

 

A través de sus redes sociales, el municipio de Santa Lucía del Camino informó que se interpuso una quereda por el presunto delito de daños derivado del incendio del sábado en terrenos de Santa Lucía del Camino ante el Fiscal adscrito en el sector metropolitano dependiente de la Fiscalía  General del Estado de Oaxaca (FGEO) para que sean ellos quienes determinen cómo inició el siniestro.


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