La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció que se encuentra en la fase final para implementar un nuevo requisito que cambiará la forma en que operan los servicios móviles en México: el registro obligatorio del número celular vinculado a la CURP. Este proceso formará parte del nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
¿CUÁNDO COMIENZA EL REGISTRO OBLIGATORIO?
La CRT informó que los lineamientos finales del padrón serán publicados en diciembre de 2025.
A partir de enero de 2026, todos los usuarios de telefonía móvil —incluidos clientes de Telcel, AT&T, Movistar, Bait y Altán Redes— deberán registrar su línea utilizando:
- CURP (para usuarios mexicanos)
- Pasaporte vigente (para usuarios extranjeros)
El proceso durará 120 días naturales, periodo durante el cual las compañías telefónicas deberán habilitar:
- Plataformas digitales especiales
- Módulos presenciales en tiendas y centros de atención
- Notificaciones vía SMS con instrucciones y fechas límite
¿HABRÁ SANCIONES POR NO REGISTRAR LA LÍNEA?
Aunque el decreto publicado en julio de 2025 no contempla multas económicas, sí establece una consecuencia directa:
la baja automática de la línea telefónica.
Una vez transcurridos los 120 días desde la notificación oficial (fase 2), cualquier línea no registrada será suspendida y únicamente podrá utilizarse para:
- Llamadas de emergencia
- Atención ciudadana
- Contacto con el proveedor móvil
El número podrá reactivarse posteriormente, siempre y cuando siga disponible y el usuario cumpla con el registro requerido.
¿POR QUÉ SE IMPLEMENTA ESTE NUEVO PADRÓN?
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil está contemplado dentro de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en julio de 2025.
Su finalidad es clara: combatir delitos como la extorsión y el fraude telefónico, dos de las actividades más utilizadas por grupos criminales en México.
La iniciativa no es nueva. En 2021, durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, ya se había propuesto reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, particularmente el artículo 180, para crear una base de datos nacional de usuarios móviles.
De acuerdo con este artículo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debe emitir las disposiciones para operar la base, cuyo único fin es colaborar con autoridades de seguridad y justicia en investigaciones relacionadas con actividades delictivas.
MAYOR CAPACIDAD PARA RASTREAR DELITOS
Con la vinculación de cada número celular a una CURP, las autoridades podrán:
- Identificar a los titulares de líneas usadas en delitos
- Facilitar investigaciones relacionadas con extorsión y fraude
- Fortalecer la coordinación entre instancias de seguridad
La CRT destacó que esta fase inicial será clave para evaluar la viabilidad operativa del padrón, así como su efectividad real en la reducción de crímenes asociados a telefonía móvil.
LO QUE SEÑALA LA LEY
El artículo 180 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que el padrón será:
“Una base de datos con información de las personas físicas o morales titulares de cada línea telefónica móvil… cuyo único fin es colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos”.











































