A medida que el 2024 se acerca a su fin, aún quedan algunos días de descanso por disfrutar, como el 1 de octubre (día del cambio de Presidencia), el 18 de noviembre (aniversario de la Revolución Mexicana) y el 25 de diciembre (Navidad). Sin embargo, ya es momento de comenzar a planear los feriados y fines de semana largos que traerá el 2025.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece una serie de días de descanso obligatorio, en los que los empleados tienen derecho a no trabajar, o bien, a recibir un pago extra si se les solicita laborar en esas fechas. En 2025, habrá ocho días de descanso obligatorio que pueden aprovecharse para disfrutar en familia o planear unas vacaciones.
Días de descanso obligatorio en 2025:
1 de enero: Año Nuevo
3 de febrero: Primer lunes de febrero, en conmemoración del aniversario de la Constitución Mexicana (5 de febrero).
15 de marzo: Tercer lunes de marzo, en conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
1 de mayo: Día del Trabajo.
1 de junio: Día de elecciones en México, incluyendo elecciones de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La ley establece que si hay elecciones extraordinarias, el día será de descanso.
16 de septiembre: Aniversario 215 del inicio de la Independencia de México.
17 de noviembre: Tercer lunes de noviembre, en conmemoración de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
25 de diciembre: Navidad.
PAGO EXTRAORDINARIO POR TRABAJAR EN DÍA FESTIVO
Es importante recordar que, de acuerdo con la LFT, si una persona debe trabajar en alguno de estos días, tiene derecho a recibir el pago triple de su salario. Si el día festivo cae en domingo, además del pago triple, se debe otorgar la prima dominical, lo que implica una mayor compensación económica. Esta norma aplica para obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y todos aquellos regidos por un contrato de trabajo.
DÍAS FESTIVOS ADICIONALES POR TRADICIÓN
Existen otras fechas que, aunque no son consideradas obligatorias por la ley, sí son festivos tradicionales que algunos empleadores podrían otorgar a sus trabajadores:
1 y 2 de noviembre: Día de Todos los Santos y Día de Muertos
12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe
Desde 2023, han existido iniciativas para incluir estos días como feriados obligatorios dentro de la LFT, aunque aún no han sido aprobadas por el Congreso de la Unión. Es poco probable que estos dictámenes sean discutidos en el primer periodo ordinario de sesiones de la LXVI Legislatura, que inició el 1 de septiembre de 2024.
PROPUESTAS DE NUEVOS FERIADOS
Además de las fechas tradicionales mencionadas, algunas propuestas pendientes en el Congreso también incluyen la incorporación de días festivos por su relevancia histórica, cultural y social, como:
5 de mayo: Día de la Batalla de Puebla
10 de mayo: Día de las Madres
15 de mayo: Día del Maestro
Aunque estos días aún no son oficialmente de descanso obligatorio, siguen en espera de discusión y aprobación en futuras sesiones legislativas.